En el marco del último amparo iniciado con la pretensión de que la Justicia resguarde el libre y pacífico ejercicio profesional del corretaje, y en contra de las medidas y el discurso del Colegio de Corredores Inmobiliarios (L.9445), los colegiados amparistas, encabezados por el actual Presidente Marcelo Prato, mantienen expectativas positivas de que finalmente la Justicia se expida y ratifique la interpretación que mantiene este Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba.
Sin perjuicio de sostener la inconstitucionalidad de la Ley 9.445 en cuánto divide la actividad de los corredores, las expectativas se basan en que la Justicia ha manifestado en Auto Nro. 271 de fecha 17 de Septiembre de 2018 que se pronunciará sobre la “visión integradora y armonizadora del plexo legal” que han efectuado los colegiados bajo la Ley 7.191, y su derecho a ejercer el corretaje respecto de todos los bienes, incluyendo inmuebles.
Es decir que se sigue insistiendo ante la Justicia que aún cuando la Ley 9.445 se encuentre vigente, ello no es óbice para el ejercicio del corretaje en todas sus especies por parte de un Colegiado con Matrícula de Corredor Público bajo Ley 7.191.
Nuevamente RATIFICAMOS QUE LA POSICIÓN INSTITUCIONAL Y JURÍDICA EN DEFENSA DE LA MATRÍCULA 04 DE CORREDOR PÚBLICO Y TODO SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN, EN COHERENCIA CON LAS INCUMBENCIAS PROPIAS DE LA PROFESIÓN DISPUESTAS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL, SE MANTIENE VIGENTE Y FIRME, y que no existe un pronunciamiento judicial que se haya expresado al respecto, tras más de 10 años de la problemática, y tal como lo reconoció recientemente el Juez en lo Civil y Comercial de 2da. Nominación de la ciudad de Córdoba al declararse incompetente en una acción iniciada por el CPCI.
Directorio del Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba.