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Los jueces de control se preparan para resolver sobre las prisiones preventivas

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En una primera etapa, sólo se pondrá en marcha para las causas nuevas y que se instruyan en Córdoba Capital. Las audiencias serán orales, el magistrado deberá resolver de inmediato

Tras la reanudación de la feria judicial y luego de más de dos años de aprobada la reforma, finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) resolvió que se aplique el proceso oral en la etapa de investigación preliminar en el fuero penal.

Según pudo conocer Comercio y Justicia, en esta primera etapa, el cambio sólo se aplicará para causas nuevas. Se trata de la puesta en marcha de la ley 10457, sancionada en 2017, que reformó el Código Procesal Penal (CPP) de la Provincia de Córdoba y que estableció que será el juez de Control el encargado de resolver acerca de la prisión preventiva de una persona traída a proceso, previa audiencia oral requerida por el fiscal de Instrucción.

 La normativa prevé también la incorporación de la oralidad en la audiencia de la apelación ante la Cámara de Acusación. La  iniciativa formó parte del paquete de cambios y actualizaciones que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que conducía por aquel entonces Luis Angulo, intentó materializar para luego avanzar en una reforma integral del CPP.

La intención de la reforma es agilizar sustancialmente el proceso oral. En esta primera etapa sólo se aplicará en la ciudad de Córdoba. 

La normativa prevé que  el  fiscal de Instrucción solicite al juez de Control que fije una audiencia para discutir la prisión preventiva de un detenido que no podrá exceder los cinco días después de recibirle declaración indagatoria. En esa audiencia oral el fiscal expondrá su acusación, la defensa su oposición y el juez resolverá de inmediato la situación del acusado.  Excepcionalmente, el juez podrá diferir el dictado de su resolución por un plazo no mayor de 24 horas, bajo pena de nulidad.

Cabe recordar que la normativa fue suspendida por Acordada, luego de que el Alto Cuerpo considerara que la aplicación de las audiencias orales en la investigación penal preparatoria resultaban materialmente imposibles de realizar.

Conjuntamente con este cambio, se espera que el fuero penal se sume también en 2020 al expediente digital que se puso en marcha en todos los fueros de la justicia provincial.

La reforma

Por mayoría. La reforma del Código Procesal Penal fue ampliamente respaldada en la Legislatura provincial. Además de Unión por Córdoba, adhirieron la UCR, el PRO, el Frente Cívico y Córdoba Podemos. El vecinalista Aurelio García Elorrio planteó diversos reparos y rechazó la iniciativa. Mientras que el FIT y el PTS-FIT se abstuvieron a la hora de votar los cambios.

En aquélla oportunidad también se aprobaron cambios en los criterios de oportunidad (se fijaron reglas de disponibilidad de la acción penal); se introdujeron modifcaciones en la suspensión del juicio a prueba (se dispuso que también pueda ser solicitado por el fiscal) y  cambios en el cómputo de los plazos procesales. 

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