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Autorizan las mediaciones a distancia

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Se podrán realizar por videoconferencia u otros medios análogos. El Gobierno nacional también autorizó la conciliación laboral Obligatoria.
El gobierno nacional reactivó las mediaciones a distancia y de forma electrónica, como así también el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria.
Por el pedido de los profesionales, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determinó, que mientras duren las restricciones ambulatorias y de distanciamiento social, se podrán llevar adelante mediaciones a distancia y de forma electrónica.
De este modo, los mediadores prejudiciales podrán llevar a cabo las audiencias por medios electrónicos, mediante videoconferencias u otro medio análogo de transmisión de la voz o la imagen, “siempre que quede garantizada la identidad de los intervinientes y el respeto de los principios que rigen el procedimiento de mediación” previstos en la ley 26.589. En este sentido, el mediador tendrá la responsabilidad de convocar a las partes y letrados a las audiencias, como también acreditar sus respectivas identidades.
Previo a la primera audiencia, las partes y sus letrados «deberán enviar al correo electrónico constituido por el mediador ante la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, el número de teléfono celular y la imagen del anverso y reverso del DNI». Así, las partes y sus letrados “dejarán a su vez declarados los propios correos electrónicos y sus números de teléfono celular, a través de los cuales serán válidas todas las comunicaciones posteriores».
Según la resolución 121/2020, se podrán realizan videoconferencias individualmente con cada parte o en forma conjunta con ambas, pudiendo complementarse –en forma asincrónica- con el uso de correos electrónicos y diálogos telefónicos. Las audiencias ”podrán realizar únicamente cuando todos los participantes cuenten con los medios técnicos necesarios y hayan prestado conformidad por escrito -en cualquier soporte- para llevarlas a cabo de tal modo”. El acuerdo tendrá los mismos efectos que los celebrados en audiencias presenciales, y para el cierre del procedimiento las partes utilizarán firma digital que acredite su autoría.

Vuelve el SECLO
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social también habilitó nuevamente en su totalidad la plataforma de uso del portal Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) web, para las ”presentaciones, solicitudes de turno de audiencia obligatoria y/o espontáneas, notificaciones, comunicaciones y cualquier otra actuación relacionada”.

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