Un cajero de supermercado será indemnizado a raíz de las secuelas que sufrió tras dos asaltos a mano armada en el local, situaciones que le provocaron una severa afección neurótica.
Tras el primer episodio, el actor se sometió a un tratamiento especializado y volvió a prestar servicios. En ese contexto fue víctima del segundo robo y su dolencia reapareció. A pesar de que aclaró que se trató de un nuevo hecho incapacitante, la empresa conservó su puesto al estimar que fue una recaída, por lo que el trabajador se consideró despedido.
La Sala 8ª de la Cámara laboral nacional recordó que el período de conservación del puesto es un plazo de suspensión del contrato en el cual el trabajador no percibe salarios, valorando que en el caso la ausencia se dio a consecuencia de una enfermedad o accidente que no guardó vinculación con el trabajo y que los hechos incapacitantes fueron accidentes de trabajo.
En tanto, se estimó que la falta de pago de salarios por parte de la empresa “constituyó un incumplimiento lo suficientemente grave e injuriante”, por lo que el despido decidido por el actor resultó legítimo, condenando a la empleadora a abonar 13.111 pesos.