La Sala I de la Cámara Nacional de Casación redujo la pena de un hombre que había sido condenado por tentativa de homicidio en dos oportunidades, tras considerar que se trató de lesiones graves y leves. En tal sentido, los jueces indicaron que para darse el primer tipo de delito no basta sólo tener en cuenta el medio utilizado, capaz de producir la muerte, sino que también “la intención del agresor debe aparecer claramente definida en ese sentido”.
En autos “Hoyos, Victoriano Omar s/ recurso de casación”, se redujo la pena del imputado de seis a cuatro años. Los jueces Juan Rodríguez Villavilbaso, Liliana Catucci y Raúl Madueño añadieron que, en tales supuestos, “es menester una prueba específica, demostrativa de la resolución de matar en el momento de comenzar la ejecución para dar a los signos exteriores una correlativa fuerza intencional”.