La titular del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba, Cristina Garzón de Lascano, resolvió el procesamiento de Jorge Rafael Videla y otras autoridades del Ejército, por imputarles crímenes de lesa humanidad supuestamente cometidos en la cárcel de barrio San Martín y en el Departamento de Informaciones de la Policía (D2).
Videla se encuentra actualmente detenido en la prisión militar de Campo de Mayo y por la decisión de la magistrada cordobesa fue embargado en alrededor de 200 mil pesos, conforme informaron fuentes vinculadas con el caso, según las cuales esta causa podría ser llevada a juicio durante el primer semestre del año próximo.
La resolución de Garzón de Lascano representa el primer caso en que el ex comandante en jefe del Ejército y ex presidente de facto quedó procesado en la Justicia federal cordobesa por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. En concreto, se trata de una causa en la que se analizan las torturas y asesinatos de 31 presos políticos, ocurridos entre abril y octubre de 1976, en un expediente en el que hay otra veintena de imputados.
Además de Videla, fueron procesados y embargados también por 200 mil pesos las autoridades de la Cuarta Brigada de Infantería Aerotransportada, que tenía bajo su órbita la cárcel de San Martín (Unidad Penitenciaria Nº1), donde estaban alojados los “detenidos especiales” del régimen. Ellos son: Vicente Meli, jefe de Estado Mayor; Mauricio Carlos Poncet, jefe del Departamento Personal; Raúl Eduardo Fierro, jefe de Inteligencia; y Jorge González Navarro, jefe de Asuntos Civiles.
En los considerandos de la decisión adoptada por Garzón de Lascano, respondiendo al pedido de procesamiento formulado por la fiscal Graciela López de Filoñuk, Videla tiene responsabilidad sobre los hechos que se investigan por haber sido la máxima autoridad que diseñó el plan “implementado con el alegado propósito de la llamada ‘lucha contra la subversión”.
“En lo que nos convoca no puedo dejar de resaltar que, conforme lo detalláramos, las órdenes incluían todas y cada una de las acciones que debían ejecutarse. Es decir que – también en el caso de las órdenes verbales ilegales que nos ocupan– todo nos lleva a concluir –con el grado de probabilidad que caracteriza esta etapa– que desde quienes las gestaron se impartieron con el detalle de cada una de las acciones ilegales a cumplir por el ejecutor”, subraya en otro párrafo el auto de procesamiento.
La decisión añadió que “en la planificación de estas órdenes los miembros del Estado Mayor –en su función de asesoramiento al Comandante– aportaban cada uno según la órbita de su conocimiento de acuerdo a su área de competencia”.
Respecto, en forma concreta, del caso de Videla, se recordó que en la estructura castrense de la época de los hechos, “el entonces general Videla se hallaba en lo más alto, ocupando el cargo de Comandante en Jefe del Ejército”, y se ilustró que durante la investigación se estableció, “con grado de probabilidad, que existieron ‘planes, actividades y operaciones’ que se instrumentaron a través de órdenes de índole netamente ilegal. Es decir que la estructura legal montada para la lucha contra la subversión había elegido utilizar