lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Admiten parcialmente planteo del gremio de Amas de Casa

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El Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba hizo lugar parcialmente a un amparo presentado por el Sindicato de Amas de Casa en contra del Estado nacional, declarando la inconstitucionalidad de algunos artículos del decreto 1451/06, dictado por el Poder Ejecutivo, y una resolución de la Anses, sujetando los alcances de esta sentencia a las socias de la entidad referida que figuraban en el listado de la causa, estableciendo y ordenando a la Anses que “los casos individuales de cada una de ellas sean tratados haciendo omisión de las normas cuya inconstitucionalidad ha sido declarada en esta sentencia”.
El fallo explicó: “La ley 25994 creó una prestación previsional: la anticipada. El decreto 1451/06 ha sido cuestionado en tanto el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) habría prescindido de lo dispuesto en el artículo 4º de la ley 25994, que le permitía prorrogar el término de su vigencia únicamente y como máximo por un término igual al fijado por el mismo artículo de la ley: dos años. Como esa norma dispuso que la ley entraría en vigencia el mismo día de su publicación (…), su vigencia estaba fijada hasta el 7/01/ 07. La actora entiende que es inconstitucional por cuanto la prórroga debe ser por dos años, ya que el Poder Ejecutivo Nacional no está facultado para acortar el plazo”.

El tribunal no compartió la crítica (…) al expresar que el PEN “creyó necesario prolongar el plazo por apenas unos meses más (…), no dándose el caso de arbitrariedad o de ilegalidad manifiesta imprescindibles para la procedencia de la acción”, y rechazó el planteo intentado en lo que hace al artículo 1 del decreto 1451/06.
En otro orden, el juez Alejandro Sánchez Freytes declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 del nombrado decreto, por entender que “la inconstitucionalidad surge de la violación que hace del orden de preeminencia legal fijado en el artículo 31 de la Constitución nacional, al disponer restricciones en el accionar de la Anses que no estaban contempladas en el texto legal (…). Vale decir que el propio PEN está usando en el decreto 1451/06 pautas objetivas que él mismo vetó mediante el decreto 2071/04”.

La otra norma atacada por la accionante fue la resolución 884/06 de la Anses, pues impugnó “el mecanismo seleccionado por la Anses para hacer efectiva la facultad de dar la prioridad a las personas previstas en el artículo 2 del decreto 1451/06”, cuya inconstitucionalidad el tribunal declaró en el punto anterior, agregando el magistrado que “la Anses no ha motivado en las consideraciones previas a la parte resolutiva de dicha resolución la condición impuesta. La ausencia de una expresión que la justifique afecta la comprensión de la norma, máxime cuando su función es la de reglamentar derechos otorgados; no la de impedir o cercenar su acceso”, declarando así inconstitucional los artículos 4º, 5º y 7º de la citada resolución.

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