Luego de 182 días de trabajo y bajo el título “Así no va más”, la Comisión Consultiva de Expertos presentó ayer al gobernador Juan Schiaretti las propuestas de reforma política electoral de la provincia de Córdoba.
En un compendio de 209 páginas, los especialistas -Daniel Zobatto, Carolina Scotto, Rafael Velasco, Pedro Yancy Ferreira, Mario Riorda, Antonio María Hernández, Jorge Gentile y Claudia Laub- dejaron plasmada la necesidad de iniciar una modificación electoral amplia y profunda que -dada la envergadura- sólo podrá concretarse de manera integral a través una reforma en la Carta Magna provincial.
Entre las alternativas de cambio se incluyó la incorporación de la boleta única de sufragio, la eliminación de la sumatoria de votos, la reducción del tiempo de campaña y la obligación para los candidatos de participar de debates públicos, además de la prohibición de publicidad oficial durante el período preelectoral. También se propuso fijar las fechas de las elecciones y prohibir que se realicen en forma simultánea, prohibir el “transfuguismo” político, limitando los cambios de partido de los candidatos. Además, se recomendó "prohibir las reelecciones indefinidas en los gobiernos locales", es decir, de municipios y comunas del interior provincial.
Juzgado Electoral
En materia de reforma constitucional, instancia que requiere ser aprobada por los dos tercios en la Legislatura, una de las propuestas consistió en rediseñar completamente el fuero electoral, creando dos organismos de rango constitucional: un Instituto Electoral Provincial, encargado de la parte administrativa del proceso electoral, así como del control de los partidos políticos, padrones, temas logísticos de los procesos electorales; y un Tribunal Electoral Provincial que tendría a su cargo lo específicamente jurisdiccional.
Sobre este punto, la comisión señaló como una de las principales debilidades del actual Juzgado Electoral, su composición unipersonal, su multiplicidad de funciones y sus limitaciones materiales. “El Juzgado posee una dotación de personal estable muy reducida, que se amplía temporariamente ante procesos electorales, lo cual no permite disponer en forma permanente de un cuerpo de profesionales calificados en la materia”, explicaron los expertos.
Código de Procedimiento
La necesidad de redactar un Código de Procedimiento Contencioso Electoral Provincial fue otro de los aspectos evaluados por los especialistas, como fundamentales para “disminuir los niveles de discrecionalidad en materia interpretativa” que genera la multiplicidad de normas -en muchos casos contradictorias- actualmente vigentes.
En este punto los especialistas remarcaron, por ejemplo, la necesidad de dejar plasmado el procedimiento a seguir ante una eventual apertura de las urnas, sobre todo en el contexto de elecciones con resultados ajustados. Al respecto, opinaron que deberá establecerse, o bien que la apertura de todas las urnas sea un procedimiento regular no sólo en caso de resultados ajustados por parte de la Justicia electoral para proceder al recuento de votos y escrutinio definitivo, o bien, establecer que en caso de que la diferencia entre el primero y segundo lugar fuese inferior al 1% ó al 0.5%, es obligatorio proceder a la apertura de todas las urnas y efectuar un nuevo recuento y escrutinio.
Consejo de la Magistratura