El abogado defensor de los represores Antonio Bussi y Luciano Benjamín Menéndez efectuó ayer un planteo ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, en el que sostuvo que los procesados no pueden ser sometidos a un juicio oral por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar, sino que tienen que ser juzgados por medio de presentaciones escritas.
El letrado Conesa Mones Ruiz explicó que, según la ley 24121, que estableció los Tribunales Orales en 1992 como consecuencia de la reforma del Código Procesal Penal de la Nación, que introdujo el principio de la oralidad, permitía -para los procesos en trámite o relacionados con hechos anteriores a esa fecha- escoger el sistema escrito.”El artículo 12 de la ley 24121 permite la opción (entre el juicio escrito y el oral) y, si no se lo hace, automáticamente se aplicaba el proceso escrito. Entonces, por mandato de mis defendidos, hicimos uso de la opción”, manifestó el letrado.
Como consecuencia, Conesa Mones Ruiz pidió al Tribunal Oral que se declare incompetente y que devuelva la causa al Juzgado Federal número 1 para que prosiga con la actuación y advirtió que hizo reserva de plantear los recursos de casación y extraordinario para el caso en que el Tribunal no haga lugar al planteo.
En este caso particular, la presentación se realizó sobre la causa por la desaparición del ex senador Guillermo Vargas Aignasse (PJ), ocurrida en marzo de 1976.