domingo 19, enero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

“Admitir la reelección indefinida es cambiar la forma de gobierno”: cita a Alberdi en dictamen contra perpetuación de Insfrán

Gildo Insfrán. Tiene 73 años y pasó más de un tercio de su vida en el Ejecutivo provincial.
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Hace un mes, faltando poco para que la Corte Suprema se pronuncie sobre la constitucionalidad de la reelección indefinida en Formosa, el diputado nacional Fernando Carbajal (UCR- Democracia para Siempre) denunció ante el alto tribunal la existencia de “maniobras políticas” del gobernador Gildo Insfrán orientadas a “evadir el tratamiento de la acción judicial”.

El legislador hizo su presentación en el marco de la causa iniciada en 2023, en la que se pide a la una declaración de certeza sobre la constitucionalidad o no de la reelección indefinida en Formosa.

Según Carbajal, la estrategia de Insfrán es “forzar a la Corte a declarar abstracto el conflicto” y “asegurar un nuevo mandato para sí mismo o para su vice”, Eber Solís, para consolidar “su control absoluto sobre el poder público” en Formosa.

“El conflicto inicial subsiste y se agrava. Las maniobras de Insfrán no solo buscan eludir el control judicial, sino que constituyen una amenaza directa y persistente a los principios de alternancia y equilibrio de poder”, advirtió.

El radical señaló que “en una muestra pública y descarada de abuso de poder”, Insfrán envió a la Legislatura provincial el 22 de octubre un proyecto de ley que fue tratado y aprobado en tiempo récord: ese mismo día se discutió en comisión, se sancionó sin cambios el 24 de octubre con los votos de 20 diputados oficialistas y al día siguiente se promulgó la ley.

El diputado enfatizó que la secuencia prueba que Insfrán “emplea las instituciones provinciales como herramientas para perpetuar su mandato”.

Carbajal alertó que el objetivo de Insfrán es asegurar su permanencia ante “la decisión de la Corte de permitir el avance de las causas que cuestionan la legalidad y constitucionalidad del actual régimen de reelección”.

Para Carbajal, frente a los precedentes en Tucumán y San Juan, en los que la Corte “protegió derechos fundamentales al impedir prácticas similares de reelección indefinida”, Insfrán presentó la reforma “como una solución superficial diseñada exclusivamente para eludir el control judicial”.

En ese marco, postuló que el ardid es promulgar una “nueva” Constitución provincial que establezca una única reelección, argumentar que se corrigió el sistema y pedir el archivo de la causa. “El aparato judicial local, subordinado a los intereses de Insfrán, aplicará un criterio propio”, sumó, y planteó que sostendrá que “los plazos electorales deben reiniciarse”.

Hegemonía
Desde el regreso de la democracia, Insfrán, de 73 años, es el gobernador que más tiempo ocupó el Ejecutivo; concretamente, más de un tercio de su vida.

Comenzó su primer mandato en 1995 (era vice gobernador desde 1987) y desde entonces, tras modificaciones normativas y una reforma de la Constitución provincial durante su segundo período que permite la reelección indefinida, consolidó su hegemonía en el poder.

Ahora, el procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la reelección indefinida del cargo de gobernador en Formosa es inconstitucional.

“Forzoso es colegir que el artículo 132 de la Constitución de Formosa, en tanto admite la reelección indefinida, se aparta de la necesaria periodicidad y renovación del mandato de las autoridades allí previstas, lo que resulta violatorio de lo dispuesto por el artículo 5 de la Constitución Nacional, en función de lo establecido por los artículos 1 de la Ley Fundamental y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, postuló en el marco de causa que se generó a instancias de la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo de Insfrán.

Con la opinión de Casal a la vista, la Corte quedó en condiciones de resolver.

Sistema
Casal indicó que el sistema republicano consagrado en la Constitución Nacional que las provincias se obligaron a respetar implica la limitación del poder. “Las múltiples reelecciones sucesivas -potencialmente indefinidas- conspiran contra la finalidad propia del Estado de Derecho que tuvieron en mira nuestros constituyentes, pues dado el modo de funcionamiento de nuestras instituciones, la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes”, agregó.

El jefe de los fiscales de la Nación citó distintos fallos de la Corte en los que limitó reelecciones, como los de Santiago del Estero, en 2013, y el de San Juan, el año pasado.

Recordó que la máxima instancia dijo que la vigencia del sistema republicano “presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades” y que destacó “la virtud republicana” de desalentar “la posibilidad de perpetuación en el poder”.

Sumó que en 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) dijo que “la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa” y, por ende, de las obligaciones establecidas en la Convención Americana y Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. El procurador equiparó la situación de los jefes de Estado a la de los gobernadores.

En otro tramo de su dictamen, citó a Juan Bautista Alberdi, quien escribió: “Admitir la reelección indefinida es cambiar la forma de gobierno”.

El gobierno de Formosa pidió que se rechace el amparo porque el tema era abstracto; ello así, según arguyó, porque  la oposición objetó la presentación a elecciones de Insfrán el año pasado y las ganó.

Casal negó que el caso fuera abstracto. “Se mantiene vigente el texto del artículo 132 de la Constitución de Formosa”, señaló, e indicó que la reforma aprobada es “incipiente” y es “meramente hipotético” suponer que, entre las modificaciones que decida la futura convención, figurará la norma. Acotó que “más incierto aún” es el contenido que tendría ese “conjetural” cambio.

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