Sala A de la Cámara Federal de Córdoba, integrada por los jueces Graciela Montesi, Abel Sánchez Torres y Eduardo Avalos, confirmó la resolución del Juzgado Federal de Río Cuarto que declaró abstracta una acción de amparo presentada por H.C.C. contra la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (Osecac). El primer voto, emitido por el juez Sánchez Torres, destacó los fundamentos para ratificar la decisión de primera instancia.
El caso tuvo su origen en una acción de amparo interpuesta por H.C.C., monotributista, quien solicitaba su inmediata afiliación y la correspondiente cobertura de salud por parte de Osecac. Según el actor, había cumplido con sus aportes a través del sistema de monotributo y, ante la falta de respuesta de la obra social, decidió intimar a la misma a proceder con la afiliación en un plazo de 48 horas. Al no obtener una reacción satisfactoria, optó por recurrir a la vía judicial.
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