martes 17, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Oficializaron la convocatoria al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil

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El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil convocó a los integrantes de la mencionada comisión a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 19 de diciembre de 2024, a las 16.30, vía plataforma virtual. Se tratarán el sueldo básico y los nuevos valores mínimos y máximos de la prestación por desempleo

Resolución 15/24- CNEPYSMVYM#MT

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2024

Visto el Expediente N° EX-2024-132558081-APN-DGDTEYSS#MCH, las Leyes Nros. 20.744 y sus modificatorias, 24.013 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2725 del 26 de diciembre de 1991, 1095 del 25 de agosto de 2004 y su modificatorio, 602 del 19 de abril de 2016, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, DCTO-2020-91-APN-PTE del 20 de enero de 2020, DNU-2023-8- APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, DECTO- 2023-11-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, DECTO-2024-354-APN-PTE del 23 de abril de 2024, y la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 617 del 2 de septiembre de 2004 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece que “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que aseguraran al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada, descanso y vacaciones pagados; salario mínimo, vital y móvil”.

Que el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 define el concepto del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Que mediante la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que a través de los Decretos Nros. 2725/91 y sus modificatorios, 1095/04 y su modificatorio, y 602/16, se regularon distintos aspectos operativos del mencionado órgano.

Que, por el DCTO-2020-91-APN-PTE del 20 de enero de 2020, se designó al Titular del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el cargo de Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que el artículo 136 de la Ley Nº 24.013 señala que el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL estará integrado por dieciséis (16) representantes de los empleadores y dieciséis (16) de los trabajadores, que serán ad honorem y designados por el Poder Ejecutivo y por un Presidente designado por el entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y durarán cuatro años en sus funciones.

Que de acuerdo al Artículo 1º del Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 617/04, y su modificatorio, corresponde al titular del cuerpo disponer la convocatoria a sesiones plenarias.

Que a través del DNU-2023-8-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, se modificó la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) creándose el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, el cual tiene a su cargo los compromisos y obligaciones asumidos, entre otros, por el entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, y sus modificatorios, se estableció la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO hasta nivel de Subsecretaría.

Que conforme lo normado por el artículo 2º del mencionado Reglamento, constituye una facultad del Presidente del Consejo la Fijación del Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las extraordinarias convocadas de oficio.

Que por el DECTO-2024-354-APN-PTE de fecha 23 de abril de 2024, se designó a la doctora Alexandra BIASUTTI (D.N.I. N° 27.211.806), en el cargo de SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que consecuentemente, resulta pertinente decidir la convocatoria a sesión plenaria ordinaria del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL así como disponer la convocatoria a reunión de la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que las presentes medidas se dictan en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 1º del DCTO-2020-91-APN-PTE del 20 de enero de 2020, el Artículo 136 de la Ley Nº 24.013 y el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 617/04 y su modificatorio.

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 19 de diciembre de 2024, a las 16:30 horas (DIECISEIS TREINTA HORAS), mediante plataforma virtual. Déjase establecido, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para las 18:00 horas (DIECIOCHO HORAS) de ese mismo día.

ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el artículo anterior, el siguiente:

A.- Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta.

B.- Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

ARTÍCULO 3°.- Convócase a los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a reunirse en sesión el día 19 de diciembre de 2024, a las 14:30 horas (CATORCE TREINTA HORAS), mediante plataforma virtual, al efecto de tratar lo siguiente:

-COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –

A.- Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

B.- Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase a la doctora Alexandra BIASUTTI (D.N.I. N° 27.211.806), como Presidente Alterno del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL. Asimismo, desígnasela como Presidente de la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sandra Pettovello

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N°35.562 del 6 de diciembre de 2024.  

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