La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba revocó parcialmente una sentencia que había condenado a la empresa MRT SA a indemnizar a un trabajador por una incapacidad laboral derivada de una hernia de disco.
El alto cuerpo consideró que no se acreditó la relación de causalidad entre el supuesto accidente laboral y el daño sufrido, destacando que las pruebas presentadas fueron insuficientes para respaldar la conclusión del tribunal a quo.
El caso se originó a partir de una demanda en la que el actor, quien se desempeñaba como chofer de camiones, afirmó que el 6 de enero de 2009, mientras cumplía con sus funciones, se le patentizó una hernia de disco lumbar (L4-L5 y L5-S1) que posteriormente requirió cirugía. La demanda imputaba a la empresa responsabilidad civil en los términos de los artículos 1109 y 1113 del Código Civil velezano, bajo el argumento de que el daño derivó de un accidente laboral.
Sin embargo, la empresa demandada rechazó tal afirmación, cuestionando la falta de especificidad en el relato del accidente, así como la ausencia de pruebas que acreditaran el vínculo causal entre las tareas realizadas y la lesión sufrida.
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