Rige para el pasado 3 de diciembre
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba
Resolución N° 45
Córdoba, 3 de diciembre de 2024
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 2°, párrafo 4° la Ley 10.930.
Y CONSIDERANDO:
Que, por razones operativas ajenas a esta repartición, el día 3 de diciembre de 2024 se reiteran dificultades técnicas que impiden el normal ingreso al sistema provincial “Ciudadano Digital” (CIDI). Este defecto impidió el acceso estable a la herramienta “Tribunal Digital” (TRIDI) y a la herramienta “Expediente Electrónico”.
Que esta imposibilidad de acceso ha sido notificada a la Secretaría de Innovación e Infraestructura del Ministerio de Economía y Gestión Pública. Que las razones expresadas tornaron imposible la materialización del trámite normal de los expedientes electrónicos ingresados al Tribunal. Por ello y las facultades previstas en los arts. 2 y 23 y concordantes y correlativos de la ley Nº 10.930;
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA RESUELVE:
I. DECLARAR inhábil a los fines procesales y administrativos el día martes 3 de diciembre de 2024, por las razones consignadas en los Considerandos de la presente Resolución.
II. PROTOCOLICESE, notifíquese y archívese.
FDO.: BELTRÁN CORVALÁN, PRESIDENTE – MARIO CÉSAR RAÚL AGÜERO, PROSECRETARIO DE FISCALIZACIÓN LEGAL
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 243 del 5 de diciembre de 2024.