Cada año, cuando nuestra provincia vuelve a incinerarse, el clamor popular pide “cárcel” para los responsables de incendios. La reacción, aunque comprensible, es equivocada. No podemos adoptar la costumbre de usar el derecho penal como una herramienta de maquillaje que oculte la ineficacia de políticas de prevención. En realidad, el derecho penal no debería ser nuestro primer recurso, sino el último. ¿Por qué? Porque su lógica es aplicar la pena cuando el delito se ha cometido, no es prevenirlo.
La diferencia entre responsabilidad penal y responsabilidad ambiental no es un simple tecnicismo; entenderla es esencial para evitar caer en el error de utilizar el derecho penal como respuesta a los problemas de la sociedad. Mientras que la responsabilidad penal exige que el hecho haya ocurrido para poder intervenir, la responsabilidad ambiental implica actuar antes de que el daño suceda. Este tipo de responsabilidad opera bajo los principios de precaución y prevención, conceptos que, en el derecho ambiental, son mucho más que buenas intenciones. Se trata de obligaciones que deben asumirse antes de que el desastre ocurra. Sin una gestión ambiental activa, cada incendio no es solo una tragedia ambiental, sino un reflejo de la falta de anticipación y de la ausencia de políticas eficaces para proteger nuestros recursos naturales.
Al recurrir al derecho penal como primera solución, estamos cometiendo el error de abordar el problema de los incendios desde una óptica reactiva y no preventiva. Imaginemos si aplicáramos la misma lógica en otros ámbitos de la vida pública: esperar a que ocurra el desastre para luego actuar. No tiene sentido. En la prevención de incendios, el Estado tiene herramientas de sobra para anticiparse a los hechos, herramientas que, sin embargo, parecen quedar en el papel o, peor aún, en meras promesas sin cumplir. Apostar al derecho penal como la primera respuesta no solo desvía la atención, sino que puede dar una falsa impresión de solución mientras el verdadero problema persiste sin resolver.
¿Dónde están las políticas de alerta temprana, de monitoreo constante y de combate efectivo al fuego? ¿Dónde está la investigación científica sobre las causas y el mapeo de riesgos? La Ley de Manejo del Fuego exige, entre otras cosas, la creación de sistemas de alerta temprana y de evaluación de peligro de incendios, la organización de planes de manejo del fuego, la capacitación continua del personal y la concientización de la población. Esto no es una lista de deseos, sino de obligaciones que nuestros funcionarios deben cumplir para estar un paso adelante, no varios pasos detrás. Si cada año los incendios son catástrofes recurrentes desde hace por lo menos cuarenta años, la primera pregunta e investigación debería enfocarse en si las autoridades han cumplido tales obligaciones. Si el sistema de prevención falla año tras año, el problema debe abordarse desde la raíz, con una revisión exhaustiva del cumplimiento de esos mandatos. También resulta crucial la transparencia: que la sociedad sepa cómo y dónde se invierten los fondos para prevención y control de incendios, y qué avances concretos se han logrado. Y si los funcionarios no han cumplido lo que se esperaba de ellos, entonces el derecho penal sí encontrará su función: sancionar a quienes, por acción o por desidia, permitieron que nuestra tierra arda.
Así, el derecho penal debe ser la última línea de defensa. Nuestra apuesta debe estar en la prevención real, en la protección efectiva de los recursos naturales y en el cumplimiento de los deberes impuestos por las normas constitucionales y legales, para anticiparse a los incendios y evitar así un daño irreversible. Las políticas ambientales deben activarse en el momento adecuado y con los medios necesarios, sin excusas ni demoras. Y si las autoridades no cumplen, entonces el peso de la ley penal debe caer sobre los funcionarios que olvidaron que su deber era proteger nuestro ambiente, nuestro futuro y nuestra calidad de vida. Es decir, no podemos permitir que el derecho penal se utilice como un placebo que nos tranquilice mientras se omiten las acciones necesarias para evitar estos desastres ambientales.
Porque en el fondo, no se trata de reaccionar después de la tragedia, sino de asegurar que esta no vuelva a ocurrir. Proteger el ambiente hoy es la única manera de garantizar un futuro sostenible. Con cada incendio nuestras autoridades enfrentan un desafío técnico, pero también un deber moral y constitucional. Una gestión ambiental responsable y transparente no es una opción, es una necesidad urgente que no admite demoras ni falsas soluciones.
(*) Abogado en causas ambientales de relevancia social. Docente de Derecho de los Recursos Naturales y Ambiental y de Derecho Público Provincial y Municipal (Facultad de Derecho – UNC). Presidente Fundación Club de Derecho