El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco, integrado por los jueces Alberto Mario Modi y Néstor Enrique Varela, resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la parte actora en el expediente “C., A. A. C/ S., D. A. Y/O Nordeste Constructora SRL Y/O Q.R.R. S/ Daños y Perjuicios”.
El fallo anuló parcialmente la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Charata, en lo relativo a la tasa de interés aplicada sobre el capital indemnizatorio. El tribunal determinó que se debía aplicar la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina.
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