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Blanqueo: la AFIP habilitó a regularizar en dólares activos desde el exterior

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó una nueva medida que permite a los contribuyentes realizar el pago del Régimen de Regularización de Activos en dólares estadounidenses desde el exterior. 

Esta opción fue habilitada por medio de la resolución general N°5567/2024, que será publicada próximamente en el Boletín Oficial, marcando un hito en la administración tributaria de Argentina.

El Régimen de Regularización de Activos, establecido por la ley N° 27743, permite a personas humanas, sucesiones indivisas y otros sujetos, residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023, así como a ex residentes fiscales, exteriorizar sus activos en etapas. 

El impuesto a ingresar varía en función de la fecha de la última transferencia, con alícuotas que van de cinco por ciento a 15%.

La nueva opción facilita el pago adelantado obligatorio del 75% del Régimen Especial de Regularización mediante una Transferencia Bancaria Internacional (TBI) en dólares. Además, los contribuyentes podrán cancelar el saldo restante de esta misma manera. A continuación, te detallamos los pasos a seguir para realizar la transferencia correctamente:

Paso 1. El contribuyente debe establecer comunicación con su entidad bancaria en el país.

Paso 2. Generación de la Orden de Transferencia: La orden debe consignar: Moneda: Dólares estadounidenses; Beneficiario: AFIP, con la leyenda “RRA27743” más el CUIT, CUIL o CDI del interesado en el campo 70 del mensaje Swift MT 103; Cuenta destinataria: Especificar el importe a cancelar y los gastos.

Paso 3. Generar el VEP desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos, seleccionar la opción de Transferencia Bancaria Internacional e identificar el banco receptor.

Paso 4.Proporcionar los datos del VEP, como número de CUIT, CUIL o CDI, y asegurar que se cancele antes del vencimiento.

Paso 5. El contribuyente deberá confirmar la acreditación de los fondos en la entidad bancaria argentina.

Paso 6. El banco tendrá un plazo de 24 horas desde la generación del VEP para concretar el pago.

Paso 7. Finalmente, el contribuyente es responsable de verificar que el VEP ha sido pagado a través del Portal del Régimen de Regularización de Activos.

Es importante que la última transferencia para el pago adelantado se realice antes del próximo día 30, en el caso de la primera etapa. En caso de necesitar un pago adicional, el saldo pendiente deberá ingresarse incrementado en 100%, también por medio de una TBI antes del vencimiento correspondiente.

Los gastos y comisiones derivados de las transferencias corren por cuenta del contribuyente, quien deberá asegurarse de que los fondos transferidos sean suficientes para cubrir tanto el monto del impuesto como los costos asociados.

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