domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Mientras investigan posible abuso, las menores no regresan al hogar materno

FUNDAMENTOS. El tribunal fundamentó la decisión para resguardar a las niñas.
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El Juzgado 1º de la Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Córdoba, a cargo de la jueza Soledad Vieytes, ratificó la legalidad de la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), que ordenó el retiro de cuatro menores de su centro de vida, donde residían junto a su madre hasta tanto se sustancie una investigación por posible abuso en su contra.

La decisión se originó por presuntos delitos contra la integridad sexual de las niñas, presuntamente cometidos por R. A. P., ex pareja conviviente de la madre. 

Según un informe remitido por la Cámara 3ª del Crimen de Córdoba, R. A. P. fue condenado a 14 años de prisión por una serie de delitos, entre los que se incluyen abuso sexual continuado agravado por el grave daño en la salud mental, abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, y promoción de la corrupción de menores, todo ello en concurso real.

La jueza Vieytes señaló que se están llevando a cabo investigaciones adicionales sobre las conductas de I. S. T. (madre de las niñas) y A. R. R. (abuela materna), a cargo del fiscal de Instrucción de Delitos contra la Integridad Sexual correspondiente y se centran en la posible complicidad de esas mujeres en los abusos cometidos. Específicamente, se investiga si la madre habría ejercido presión sobre las niñas para que se retractaran de sus denuncias, e incluso si habría facilitado el contacto, mediante videollamadas y el envío de videos y dibujo, entre las menores y el abusador, quien se encuentra en prisión.

La magistrada subrayó que estas acciones ponen en duda la capacidad de la madre y la abuela para ejercer un rol de cuidado adecuado hacia las menores de edad. Según las declaraciones de las profesionales que participaron en la audiencia, estas acciones no sólo exacerban el daño psicológico sufrido por las niñas sino que también limitan significativamente las posibilidades de una adecuada reparación del mismo.

En cuanto la solicitud de cese de la medida excepcional, la jueza Vieytes destacó que los motivos que originaron la separación de las niñas de su hogar no han sido revertidos. De hecho, la información proporcionada por la Cámara 3ª del Crimen reveló que la madre y la abuela materna, en lugar de proteger a las niñas, podrían estar involucradas en los delitos que se investigan, situación que justifica plenamente la continuidad de la medida excepcional de protección de derechos, que impide el retorno de las menores a su hogar.

La magistrada enfatizó que, aunque las niñas han manifestado su deseo de regresar con su madre, “esta decisión no puede ser tomada a la ligera, ya que no responde al Interés Superior del Niño, que debe prevalecer en todas las decisiones que afecten su bienestar”.

Contexto

Dado el delicado contexto en el que se encuentran las niñas, el tribunal instruyó a la Senaf para que evalúe nuevas alternativas de resguardo, la que deberá considerar todas las opciones, incluidas residencias especiales que puedan ofrecer un entorno seguro y protector para las menores.

Asimismo, se ordenó la continuidad de los tratamientos psicológicos para ellas, bajo apercibimiento de ley, con el objetivo de abordar el grave daño emocional que han sufrido.

La resolución del juzgado refleja una postura firme en la protección de los derechos de los menores, especialmente en contextos de abuso sexual y violencia familiar. La decisión de mantener a las niñas alejadas de su hogar, a pesar de sus deseos, subraya la prioridad que se otorga al Interés Superior del Niño, que en este caso específico implica garantizar su seguridad y bienestar, aun cuando esto signifique separar a las menores de sus familiares más cercanos.

Este caso también pone de relieve la complejidad de las decisiones judiciales en materia de protección de derechos de la niñez. La jueza Vieytes, al fundamentar su decisión, demostró una profunda comprensión de los múltiples factores que deben considerarse en situaciones tan delicadas, donde el riesgo para los menores es inminente y las relaciones familiares están profundamente afectadas por el trauma y la desconfianza.

Complicación

Por otro lado, la investigación en curso sobre la posible complicidad de la madre y la abuela materna agrega una capa adicional de gravedad al caso. Si se comprueba su participación en los delitos, este caso podría derivar en nuevas condenas, lo que complicaría aún más la posibilidad de que las niñas puedan regresar a un entorno familiar seguro.

Finalmente, la decisión del tribunal envía un mensaje claro sobre la intolerancia hacia cualquier forma de violencia o abuso contra los menores, y la responsabilidad del Estado y sus instituciones en intervenir de manera decidida y efectiva para proteger a los más vulnerables. El rechazo al cese de la medida excepcional y la insistencia en la evaluación de nuevas alternativas de resguardo muestran el compromiso del sistema judicial de Córdoba con la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Este fallo, aunque doloroso para las menores que expresaron su deseo de volver a casa, representa una medida necesaria para garantizar que no sean revictimizadas y que puedan comenzar un proceso de recuperación en un entorno verdaderamente seguro y protector.

Autos: “G. T., M. Y. – P. T., L. S. – G. T., F. A. – G. T., L. N. – Control de legalidad (Ley 9944 – Art. 56)”

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