Al interpretar que los intereses compensatorio de un préstamo de dinero tienen como punto final la mora de la deudora -situación dada en la presentación en concurso de la demandada-, el Juzgado 12º en lo Civil y Comercial de Córdoba, hizo lugar a una peticionado de la demandada, tomando como fecha límite de devengamiento la presentación del remedio concursal.
La jueza Yessica Lincon indicó que en la escritura original, el crédito del actor ascendía a US$42.000 pagaderos en 15 cuotas anuales y consecutivas, en las proporciones consignadas, venciendo la primera el 21 de julio de 2006 y las demás en igual día de los meses siguientes. Asimismo, indicó que se pactó un interés de cuatro por ciento anual desde la fecha de celebración hasta su efectivo pago.
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