viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Contribución al Fondo de Enfermedades Catastróficas (FEC): cambian fórmula de aumento

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No será por el IPC. A partir de abril de 2024, inclusive, se aplicará el porcentual de incremento salarial del sector público provincial correspondiente al mes inmediato anterior o el que se conociere a la fecha de liquidación

Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross)

Resolución N° 64 

Córdoba, 26 de marzo de 2024 

VISTO: El Expediente 0088-117681/2019 de la Administración Provincial del Seguro de Salud, la Resolución N° 0018/24; 

y CONSIDERANDO: 

Que mediante Resolución N° 0018/24, el Directorio de esta Administración determinó la implementación de un indicador objetivo de medición con la finalidad de imprimir previsibilidad a los cálculos mensuales destinados para la actualización del valor de la contribución del Fondo de Enfermedades Catastróficas (F.E.C.); ello con la finalidad de resguardar la sustentabilidad de la ecuación económica financiera de esta Administración.

Que, en dicha oportunidad se estableció como pauta de aumento la aplicación el Índice de Precios al Consumidor (IPC) – Nivel General publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina, correspondiente al mes inmediato anterior o el que se conociera a la fecha de liquidación.

Que, no obstante ello y considerando el contexto económico del país, el Directorio de la A.Pro.S.S. considera oportuno suspender la aplicación de dicho indicador y, en consecuencia, la Dirección de Administración eleva propuesta para la implementación provisoria de los incrementos de la pauta salarial del sector público provincial a partir del mes de abril de 2024 a efectos de la actualización del valor correspondiente a la contribución del Fondo de Enfermedades Catastróficas (F.E.C.).

Que la citada Dirección sugiere que la revisión y actualización del valor de dicho fondo se materialice en los mismos porcentuales y con misma periodicidad en los que sean concedidos los incrementos de haberes relacionados.

Que, por lo expuesto, toma intervención la Sección Legal y Técnica de la Subdirección de Asuntos Legales de esta Administración y emite dictamen en el sentido que no existe óbice legal tanto para la suspensión aludida como para la implementación de la pauta salarial como índice a efectos del cálculo mensual del valor correspondiente al Fondo de Enfermedades Catastróficas, en tanto se respeten los parámetros establecidos por la normativa de referencia. Todo ello debido a que resulta necesario mantener equilibradas las finanzas de la Institución y con el objeto de la satisfacción de su fin último destinado a brindar cobertura de salud, a tenor de lo establecido por el Artículo 4 de la Ley N° 9277.- Por todo ello y en base a las atribuciones conferidas por el Artículo 26 incisos a) y u), el Artículo 32 inciso f) del citado cuerpo normativo y lo dispuesto por el Artículo 3 de la Ley N° 5350 –T.O. Ley N° 6658-; 

EL DIRECTORIO DE LA 

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD 

RESUELVE: 

Artículo 1°.- SUSPÉNDASE lo normado por el Artículo 5 de la Resolución N° 0018/24 a tenor de lo establecido por la presente.

Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que, para el cálculo del monto referido al Fondo de Enfermedades Catastróficas (F.E.C.) a partir del mes de abril de 2024 inclusive, resultará de aplicación el porcentual de incremento salarial del sector público provincial correspondiente al mes inmediato anterior o el que se conociera a la fecha de liquidación.

Artículo 3°.- ESTABLÉCESE que el monto del Fondo de Enfermedades Catastróficas (F.E.C) podrá ser revisado y actualizado con la misma periodicidad en la que los incrementos salariales sean concedidos por el Gobierno de Córdoba para el sector público provincial.

Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese. 

FDO.: PABLO VENTURUZZI, PRESIDENTE – LUCILA PAUTASSO, VICEPRESIDENTA – SEBASTIÁN GARCÍA PETRINI, VOCAL – GRACIELA FONTANESI, VOCAL – WALTER VILLARREAL, VOCAL

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 70 del 8 de abril de 2024.

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