lunes 25, noviembre 2024
lunes 25, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Vicentín: la Justicia homologó el acuerdo preventivo

ESCUCHAR

En Sata Fe, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista homologó la propuesta de pago que le hizo la cerealera Vicentin a sus acreedores.

Según detalló la agencia Noticias Argentinas, el pasivo de la empresa superaba los USD 1.350 millones cuando entró en default.

Ahora, podrá pagar la deuda a sus 1.700 acreedores en un plazo de 12 años y salir de la crisis en la que se encuentra inmersa desde fines de 2019

El fallo de los camaristas Santiago Dalla Fontana, Mauricio Sánchez y Alejandro dispuso que el juez Fabian Lorenzini, a cargo del concurso preventivo, requiera por las vías correspondientes el levantamiento de las medidas cautelares que afecten el cumplimiento de lo pactado.

Por lo pronto, se pondrá en marcha un fideicomiso con tres socios que buscan entrar a la compañía: la Asociación de Cooperativas Argentinas CL (ACA), Viterra Argentina SA y Bunge Argentina SA. La aceptación de la propuesta -y la posterior aprobación del concurso- fue la condición indispensable que pusieron para inyectar capital en Vicentin.

“Los socios de Vicentin SAIC no han querido o no han podido en lo inmediato ni en lo mediato aportarle a la sociedad la liquidez necesaria para salir del estado de cesación de pagos y lo cierto es que no están legalmente obligados a hacerlo con su dinero personal, no pudiendo los acreedores atacar el patrimonio de esos socios por no haber dotado de liquidez a la sociedad para pagar íntegra y puntualmente sus deudas. Ante ese escenario, la alternativa a su propia quiebra presentada por Vicentin SAIC en este proceso consiste en una propuesta que a la larga conlleva la cesión de la titularidad de la sociedad y sus activos (salvo un 5% de sus acciones que conservarían los antiguos socios) a los siguientes interesados estratégicos: Asociación de Cooperativas Argentinas CL (ACA), Viterra Argentina SA y Bunge Argentina SA”, detalló el decisorio.

En tanto, indicó que la “cuestión medular” que llegó a su revisión fue dilucidar si la propuesta era o no abusiva “por implicar un sacrificio excesivo de ciertos acreedores”, y reiteró que la supuesta abusividad “existe según el juez de primera instancia”.

“Tanto a los trabajadores directos de la concursada como a sus proveedores y a la sociedad en general les conviene que se mantenga en funcionamiento una empresa que ha generado riqueza y probablemente lo seguirá haciendo, no sólo para sí sino para quienes se vinculan directa o indirectamente con ella”, sumó la Cámara.

“Podrá retrucarse que la cesación de pagos ha generado grandes pérdidas en sus acreedores perjudicados por el concurso, lo que es indudablemente cierto, pero ello no puede tapar la trayectoria de una empresa de casi 95 años de historia que ha servido para el progreso económico y social de la región y del país, y que de lograr reencaminar su funcionamiento podrá seguir generando riqueza”, argumentó finalmente el tribunal de segunda instancia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?