viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Vive con su papá afín y acordó alimentos con su padre biológico

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En la provincia de Río Negro, vía mediación, una adolescente de 16 años llegó a un acuerdo con su padre biológico para que le pague una cuota alimentaria mientras vive con su “papá de corazón”, la ex pareja de su madre con quien eligió quedarse cuando el vínculo llegó a su fin.

El hombre se hizo cargo de la crianza de la joven desde que era pequeña, cuando se puso de novio con su mamá.

El Ministerio Público provincial informó que R.E., oriunda de Viedma, asistió a la Defensa Pública de la capital rionegrina junto a progenitor afín con el propósito de conseguir que sus padres biológicos cubran sus gastos cotidianos.

Presentó su reclamo en las oficinas del Centro de Atención de la Defensa Pública (CADeP) de Viedma, desde donde se derivó al área especializada en mediación de la Defensoría, que analizó el caso y, como primera medida, convocó a las partes a una audiencia en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC).

La adolescente acudió acompañada por su guardador. El padre biológico hizo lo propio a través de una plataforma virtual porque no reside en Viedma y fue asistido por un defensor público. La madre no asistió.

La solicitud de R.E. se basó en dos normas del Código Civil: el artículo 658, que establece una regla general para ambos progenitores respecto a la obligación de prestar alimentos a sus hijos hasta los 21 años, y el artículo 659, que precisa que la obligación comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los necesarios para adquirir una profesión u oficio y también específica que “los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en especie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado”.

Durante la primera audiencia la joven llegó a un acuerdo con su padre biológico para recibir una cuota alimentaria de su parte. En ella se contemplaron, entre otros rubros, los “gastos médicos especiales”.

Se fijó un nuevo encuentro para terminar de sellar lo pactado. Como la madre biológica tampoco dio el presente su hija quedó habilitada para demandar judicialmente ante los tribunales, mientras que el acuerdo con el progenitor biológico pasó a homologación.

Según el comunicado que emitió el Ministerio Público de Río Negro, la mediación es una de las áreas que más se fortaleció durante los últimos años en el Poder Judicial. “La autocomposición tiene la particularidad de reconocer a las personas en un rol protagónico que las empodera y con la ayuda y orientación del mediador y de los defensores públicos muchas veces se logra la pacificación de los conflictos, permitiendo alcanzar una solución buscada y construida por las mismas partes”, indicó.

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