La normativa se promulgó en noviembre. Las pymes tienen un año para adecuarse y las grandes empresas, seis meses
El 26 de octubre, después de una sesión maratónica, la Cámara de Diputados sancionó la Ley de Etiquetado Frontal de alimentos, ideada para advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.
El proyecto sumó 200 votos a favor; en tanto, 22 legisladores se pronunciaron en contra, 16 se abstuvieron y 18 no dieron el presente en el recinto.
Prevé que los alimentos y bebidas sin alcohol (analcohólicas) envasados deberán llevar en la cara principal un sello negro indeleblede advertencia por cada nutriente crítico en exceso: azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Es decir, pueden llevar uno o más sellos negros.
Las etiquetas podrán llevar uno o más sellos negros. Según corresponda, dirán: “exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” o “exceso en calorías”.
Así, según corresponda, dirá: “Exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” o “exceso en calorías”.
Las leyendas deberán estar en octógonos negros, con bordes y letras de color blanco en mayúsculas, y su tamaño no podrá ser inferior a cinco por ciento de la superficie de la cara frontal del envase.
La normativa establece la misma prevención para los casos de valores superiores en cafeína y para alertar sobre el contenido de edulcorantes no recomendables para niños y adolescentes. En estos casos, deberán consignar “contiene cafeína, evitar en niños/as” y “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, respectivamente.
La medida alcanza a toda la cadena, desde la fabricación hasta la comercialización e importación de alimentos y bebidas.
La ley aclara que la obligación se extiende a cajas, cajones y cualquier otro tipo de empaquetado. Quedan exceptuados el azúcar común, los aceites vegetales, los frutos secos y la sal común de mesa.
La normativa se promulgó en noviembre. Las pymes tienen un año de margen para adecuarse a la ley, mientras que las grandes empresas tienen un plazo de seis meses hasta tener que exhibir los octógonos en sus productos.