La Cámara 9ª Civil y Comercial de Córdoba hizo lugar a un pedido de incremento regulatorio de honorarios y elevó a 60 jus los estipendios de las abogadas actuantes, al advertir que -pese a que la demanda de nulidad de una asamblea societaria no tenía un contenido económico- sí resultaba inequitativo la regulación de 15 jus, dada la envergadura de la empresa y los conflictos intrafamiliares que atravesaba.
El tribunal integrado por los vocales Jorge Eduardo Arrambide y Verónica Francisca Martínez indicó que existía en el recurso “un verdadero cuestionamiento a la cuantía de la regulación efectuada, y a estos fines las quejas introducidas resultan suficientes para cuestionar la justicia de la decisión y habilitar el tratamiento del agravio”.
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