La Cámara 1ª de Familia de Córdoba, por mayoría, revocó la prohibición impuesta a una madre de realizar publicaciones sobre su hijo, supuestamente autista, en medios radiales, gráficos, televisivos y redes sociales, al considerar que ello violó el principio de congruencia, al haber resuelto más que lo discutido en el juicio y no acreditarse la autoría de la mujer de los hechos que se le adjudicaban.
Los jueces Fabián Faraoni y Graciela Moreno Ugarte resumieron la postura de la progenitora, quien consideraba que no se encontraba en riesgo el interés superior de su hijo y que no había sido ella quien lo había puesto en riesgo.
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