La Máxima Instancia en lo Penal federal refutó la postura de la Cámara de Apelaciones salteña, que había entendido que era “inadmisible” la intervención de un subrogante porque no había un escrito de designación específico para el reemplazo que cumplía
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) anuló un fallo dictado por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, que había declarado inadmisible la intervención del fiscal auxiliar Luis Valencia, de la Sede Descentralizada Orán, en una causa en trámite por tentativa de contrabando de importación de mercaderías. También se investigó un posible lavado de activos, pero se dispuso la falta de mérito.
Lo hizo al hacer lugar al planteo de nulidad interpuesto por el fiscal de Distrito de Salta, Eduardo Villalba.
En el caso, Valencia actuó en reemplazo del titular de aquella sede, José Luis Bruno, en uso de licencia, y recurrió el sobreseimiento dictada por el juez federal de Orán Gustavo Montoya en favor de Alberto Meneses Jiménez, quien fue descubierto cuando intentó cruzar hacia Bolivia con 30 mil dólares adosados a su cuerpo, hace una década.
Sistema mixto
Las actuaciones se instruyeron bajo el sistema mixto porque los hechos, que datan de agosto de 2013, son anteriores al proceso acusatorio vigente en Salta, en esa jurisdicción.
En diciembre del 2020, Meneses Jiménez fue sobreseído y el auxiliar fiscal apeló.
El juez de primera instancia hizo lugar al recurso y le remitió la causa a la Cámara.
En junio del 2021, la Sala I del tribunal, integrada por Luis Rabbi Baldi Cabanillas, Ernesto Solá y Santiago French, declaró inadmisible el planteo por falta de legitimidad del representante del Ministerio Público Fiscal (MPF).
Antes, a pedido de los vocales, Villalba precisó que Valencia era fiscal federal Ad Hoc inscripto en el listado de ese orden, conforme lo establecido por el artículo 11 de la ley 24946 y la resolución 13/98 de la Procuración General de la Nación (PGN).
Asimismo, informó que el agente fue designado como auxiliar, razón por la cual las circunstancias que justificaron su intervención eran atinentes a la organización interna del MPF.
No obstante, los camaristas entendieron que Valencia no estaba legitimado para solicitar la instancia revisora y declararon inadmisible la apelación.
Alegaron que analizaron la ley orgánica del MPF y sostuvieron que los únicos motivos que justifican la sustitución del titular de una fiscalía son la recusación, excusación, impedimento, ausencia, licencia o vacancia.
En ese marco, afirmaron que la intervención de Valencia no se explicó con base en ninguno de esos supuestos y que tampoco hubo “una designación formal con fecha cierta de inicio y fin de sus funciones como subrogante”.
“Integrar la lista de fiscales federales ad hoc no lo habilitaba a intervenir en las causas automáticamente y en forma alternativa a los titulares de las fiscalías, pues se requería una designación concreta como fiscal subrogante fundada en la ausencia o impedimento del titular”, agregaron.
Gravedad institucional
Ante ello, en representación del MPF, Villalba casó la decisión y pidió su anulación.
La calificó como un caso “de gravedad institucional” que “condicionó la actuación del MPF” y podría repercutir en futuros expedientes.
El fiscal de distrito defendió la designación de Valencia al considerar que su habilitación como subrogante fue correcta.
Ratificó su inscripción en la lista de fiscales ad hoc, aclaró que su legitimación no fue cuestionada por la defensa y enfatizó que a la fecha ejerce el cargo de fiscal auxiliar, por lo que su capacidad para representar al MPF no podía discutirse.
“La decisión de la Cámara importó una intromisión en las potestades exclusivas del Ministerio Público Fiscal, relacionadas con la organización interna de las dependencias que lo integran, como órgano independiente”, concluyó.
La Sala I de la CFCP, integrada por Carlos Mahiques, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña anuló el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta al estimar que no fue “ajustado a derecho”.
Recordó que la designación de Valencia fue dispuesta en virtud de la licencia por razones particulares otorgada a Bruno en diciembre de 2020 y, además, que estaba inscripto en la lista de fiscales ad hoc confeccionada por el fiscal coordinador del distrito Salta del MPF.
En su voto, Mahiques, presidente de la Sala I de la CFCP, advirtió que se imponía por parte de la cámara a quo, previo a tomar una decisión con la gravedad institucional como la cuestionada, disponer las medidas probatorias necesarias para confirmar la situación de hecho que afirmó, la cual, según estableció, no se verificó.