La jueza de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) Ana María Figueroa fue denunciada penalmente por no renunciar y continuar en el cargo tras cumplir 75 años.
La agrupación de abogados Bloque Constitucional sostiene que incurrió en incumplimiento de deberes, denegación de justicia y usurpación de autoridad. Figueroa pretende mantenerse en el cargo porque su pliego tienen dictamen, pero no logró acuerdo del Senado antes de llegar al límite etario, tal como requiere la Constitución Nacional.
Invocó una resolución del Consejo de la Magistratura de 2017 que no tiene vigencia respecto de su situación.
La resolución 521/17 se dictó para adecuar la situación de los jueces que ya habían cumplido 75 al fallo “Schiffrin”, dictado por la Corte.
Se estableció que podían continuar provisoriamente hasta que el Senado resolviera y antes del cierre de las sesiones ordinarias correspondiente al año siguiente al envío del pedido de acuerdo.
Los denunciantes de Figueroa -José Lucas Magioncalda, Pedro Pusineri, Juan Manuel Otegui y Juan Martín Fazio- plantearon: “Es deber de un magistrado conocer, participar de audiencias, acuerdos, fallar, fundar y, por supuesto, firmar todos los actos jurisdiccionales de la función que tiene a cargo. El ejercicio de la jurisdicción de la que son investidos los magistrados no es facultativo, sino un deber. No cabe la posibilidad legal de ejercer la jurisdicción a medias, y la omisión arbitraria, total o parcial, de su ejercicio configuraría un incumplimiento de deberes de la función pública a la cual los magistrados son llamados”.
75 años
A partir de hoy, jueves 10 de agosto, la presidencia de la CFCP quedó a cargo de su actual vice, Mariano Borinsky.
Figueroa cumplió 75 años el miércoles 9 y el pliego que le permitiría seguir ocupando su puesto naufragó en el Legislativo.
Cesó en su función como cabeza del tribunal. Horas antes de llegar a los 75, ratificó que no firmará sentencias hasta que el Senado decide si su carrera sigue cinco años más.
El artículo 2 del reglamento de la CFCP establece que elegirá a su presidente antes del 20 de diciembre de cada año observando el orden de ingreso; que el ejercicio del cargo empezará el 1 de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año (sin tener en cuenta para la elección que el electo hubiere ejercido la presidencia con carácter interino, o en reemplazo por licencia o acefalía).
La norma determina que de la misma forma serán designados los vicepresidentes primero y segundo, quienes desempeñarán, en ese orden, las funciones del presidente en caso de licencia o acefalía.
En tanto, el artículo 30 bis del Código Procesal Penal de la Nación estipula que, salvo cuestiones unipersonales, en las causas intervendrán tres jueces, pero que “se podrá dictar resolución válida mediante el voto coincidente de dos”.
En cuanto a las atribuciones del presidente de la Nación, el artículo 99 de la Constitución Nacional, en su artículo 4, señala que un nuevo nombramiento, precedido de acuerdo del Senado, “será necesario para mantener en el cargo” a los magistrados “una vez que cumplan la edad de 75 años”.
Nada dice sobre el trámite parlamentario o su duración.
En tanto, la resolución E 521/2017 del Ministerio de Justicia consigna en su artículo 6 que si el Senado “no prestara el acuerdo necesario en forma expresa” o “no lo hiciera a la fecha que el magistrado en cuestión llega a los 75”, la cartera notificará al Consejo de la Magistratura, a la Procuración General o a la Defensoría General de la Nación -según el caso- a fin de que “se sustancie el concurso tendiente a cubrir la vacante”.
Un año después, en la resolución 511/2018, el consejo dispuso que aquella manda es de “plena aplicación para los jueces en ejercicio de su función”.
Cercana al oficialismo, Figueroa fue elegida presidenta de la máxima instancia penal en diciembre pasado, en reemplazo de Alejandro Slokar, por mayoría, en un acuerdo general.
Junto a sus pares de la Sala II, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, tuvo en sus manos decidir si se mantiene o no el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos en las causas unificadas Hotesur y Los Sauces, por lavado, que el Tribunal Oral Federal 5 cerró.
También intervino en el expediente por la firma del denominado memorándum de entendimiento con Irán.
La mujer -ex asesora de la Secretaría de Derechos Humanos- fue nombrada en la Casación por Fernández de Kirchner. Llegó a la CFCP sin antecedentes en el Poder Judicial.
La oposición entiende que la insistencia del kirchnerismo con su permanencia se enmarca en maniobras para garantizar impunidad para la ex presidente. Por eso, no dio quórum para sesionar.
Hace horas, la Red de Entidades por la Justicia Independiente en Argentina (REJIA) criticó a Figueroa por no renunciar y le pidió al Consejo de la Magistratura que convoque al concurso público para cubrir su lugar.
En un comunicado, manifestó que debió dimitir al cumplir la edad límite, tal como estipula la Carta Magna.
REJIA repudió a actitud de la funcionaria y expresó su preocupación por lo que definió como una “circunstancia sin precedente”.
La red explicó los alcances del artículo 99 de la Constitución y su ratificación, en 2017, por parte de la Corte Suprema, con el fallo “Schiffrin”.
Según el grupo, la Constitución es clara y enfatizó que sin un nuevo acuerdo de la Cámara Alta los jueces cesan al llegar a los 75 años.
Por lo pronto, Figueroa ya le cursó una nota al presidente del organismo y titular de la Corte, Horacio Rosatti, en la que le informó que espera que el Senado termine el trámite para su continuidad.
Argumentó que aquél se inició, que se cumplió con la audiencia pública y que la Comisión de Acuerdos aprobó el dictamen.