La designación recayó sobre Christian Angel Farías, quien será la autoridad de juzgamiento para el análisis, tratamiento y resolución de las actas de infracción labradas por el personal dependiente de la Dirección General de Policía Caminera
Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito
Resolución N° 13
Córdoba, viernes, 23 de junio de 2023
VISTO: El expediente 0458-001459/2023, donde consta Decreto N° 007/2023, por el cual el señor Intendente de la Localidad de Villa de Soto, designa al Juez de Faltas Municipal, quien será la autoridad de juzgamiento para el análisis, tratamiento y resolución de las Actas de Infracción labradas por el personal dependiente de la Dirección General de Policía Caminera, de conformidad a lo tipificado a la ley 8560 y su reglamentación.
Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 5° de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560, T.O. 2004, Decreto Reglamentario N° 318, define como autoridad de juzgamiento y aplicación de sanciones, la que determina la Autoridad Municipal o Comunal en las jurisdicciones que adhieran a las disposiciones de la Ley y su Reglamentación y la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito impartirá la capacitación, evaluación, habilitación y registro de los Jueces que se desempeñarán como Autoridad de juzgamiento.
Que la ley 10563 Provincial, en el artículo 7, modifica el punto 2 y 3 del inciso b) del artículo 108 de la ley 8560, disponiendo el deber de las autoridades en materia de juzgamiento.-
Que conforme a los referidos artículos de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560, T.O. 2004, Decreto Reglamentario N° 318, La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, como Autoridad de Aplicación, es la encargada de reconocer la designación de la Autoridad Municipal de la Localidad de Embalse, capacitar, evaluar, registrar y asignar funciones al Juez que se desempeñe como Autoridad del Juzgamiento.-
Que obra en autos la documentación de la Municipalidad de Villa de Soto, que determina la designación del Sr. FARIAS, Christian Angel DNI: 30.517.037, en calidad de Juez Administrativo Municipal de Faltas con competencia en el análisis, dictado de instrumentos legales y resolución de las Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N° 8560 (T.O. 2004), sus modificatorias, concordantes y Decreto Reglamentario N° 318/07, labradas por personal de la Dirección General de la Policía Caminera.-
Que en virtud de ello, corresponde a esta Dirección General, dictar el instrumento legal que habilite al mencionado profesional para la función supra indicada, con las obligaciones y responsabilidades tipificadas por el artículo 108, inciso b) Puntos 1, 2, 3, y 4 de la Ley Provincial de Tránsito 8560 ( T.O 2004) y su concordante Decreto Reglamentario N° 318/07 y las Resoluciones dictadas oportunamente por esta Autoridad de Aplicación, fijándose como fecha de inicio de actividades el día 28 de junio del corriente año, ello a fin de brindar continuidad a la tarea de Juzgamiento de las actas referidas.- Por ello, lo dictaminado por el Asesoría Jurídica de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N° 13/2023 y en ejercicio de sus atribuciones: EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
Artículo 1°. – HABILITAR, en calidad de Juez Administrativo Municipal de Faltas de la localidad de Villa de Soto al Sr. FARIAS, Christian Angel DNI: 30.517.037, con competencia exclusiva para el tratamiento, análisis, dictado de instrumentos legales y resoluciones de las Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N° 8560 (T.O. 2004), sus modificatorias, concordantes y Decreto Reglamentario N° 318/07, labradas por personal de la Dirección General de la Policía Caminera, a cargo del Juzgados Administrativo Municipal de Faltas de Transito de la Localidad de Villa de Soto.
Artículo 2°. – DISPONER que, por los canales administrativos conducentes de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, se proceda a la inscripción en los registros correspondientes del profesional habilitado por el dispositivo anterior, como Juez Administrativo Municipal de Faltas de Tránsito, conforme al siguiente detalle: Apellido y Nombre: FARIAS, Christian Angel; Tipo y número de documento: DNI 30.517.037
Artículo 3°. – ESTABLECER como fecha de inicio de actividades del Juez Administrativo Municipal de Faltas, habilitado por el artículo precedente el 28 de junio del corriente.
Artículo 4°. – ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar los alcances de la presente a la Autoridad de Control, a la Dirección General de Policía Caminera, al “RePAT”, a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad, a los Juzgados de Faltas avocados y a la Dirección General De Rentas.
Artículo 5°. – PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI – DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 117 del 27 de junio de 2023.