martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Crean el Programa de Fortalecimiento de Espacios de Formación Agrosustentables

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La medida persigue robustecer las capacidades de las escuelas agrotécnicas del país para la formación agroalimentaria sustentable de futuros técnicos, en particular en lo concerniente a la provisión de equipamiento para los entornos formativos y las prácticas profesionalizantes

Resolución 222/23-MEC- SAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-57502646- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que a lo largo del territorio nacional de la REPÚBLICA ARGENTINA, las y los jóvenes que estudian en las escuelas agrarias y agrotécnicas, y futuros profesionales técnicos, son clave para impulsar el desarrollo territorial local y regional con equidad de género, la incorporación e innovación tecnológica aplicada al desarrollo productivo agrosustentable para promover la diversificación productiva y la biodiversidad, las iniciativas que impliquen el aprovechamiento integral de los recursos, las acciones que promuevan la eficiencia en términos ambientales y la economía de triple impacto.

Que la estrategia de vinculación con el sistema educativo formal, en particular con las escuelas agrotécnicas y la articulación socio-productiva, tiene un gran impacto en el desarrollo local, en el arraigo de los y las jóvenes, en el agregado de valor a las producciones locales, en la innovación tecnológica, en el fortalecimiento del vínculo entre productores y productoras y estudiantes (futuros técnicos), y en la capacidad de mejorar la formación de los y las estudiantes en dicha articulación.

Que en el contexto actual, se evidencia la demanda de fortalecer las capacidades de las escuelas agrotécnicas del país para la formación agroalimentaria sustentable de futuros técnicos y técnicas, en particular en lo concerniente a la provisión de equipamiento para los entornos formativos y las prácticas profesionalizantes.

Que dado que los establecimientos escolares constituyen un centro de formación y desarrollo de la tecnología del conocimiento para los estudiantes y la comunidad local, es necesario fortalecer dichos espacios para la formación agroalimentaria sustentable de los mismos, posibilitando el uso compartido del equipamiento y servicios locales.

Que por otra parte, la Ley N° 26.058 de Educación Técnico Profesional, tiene entre sus objetivos desarrollar oportunidades de formación específica propia de la profesión y prácticas profesionalizantes dentro del campo ocupacional elegido, y articular las instituciones y los programas de Educación Técnico Profesional con los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la producción y el trabajo.

Que la mencionada Ley N° 26.058, establece, entre sus objetivos específicos, desarrollar trayectorias de profesionalización que garanticen, a los estudiantes de las escuelas técnicas, saberes que les permitan su inserción en el mundo del trabajo.

Que por ello resulta conveniente la creación de un Programa Nacional para equipar y proveer a las Escuelas Agrotécnicas del equipamiento requerido para incrementar las competencias y la formación de los y las estudiantes, junto con la utilización del mismo por parte de los productores y productoras de los entornos locales.

Que la inversión y estímulos adecuados de las políticas públicas sobre las instituciones educativas y los productores y productoras locales, son esenciales para el desarrollo productivo local, el fortalecimiento de los pequeños y medianos productores agroalimentarios, el agregado de valor, la producción agroalimentaria sustentable, y la promoción del arraigo territorial.

Que, en razón de lo expuesto, se considera pertinente la creación de un Programa que contemple acciones dirigidas a financiar el desarrollo tecnológico y equipamiento de las escuelas agrarias y agrotécnicas.

Que el SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA viene realizando acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones de los y las productoras agropecuarias, y sus formas asociativas, implementando un trabajo sostenido en pos del avance constante en los procesos productivos, desarrollándose bajo un carácter sustentable a nivel social, ambiental y económico en beneficio de toda la sociedad en su conjunto.

Que la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, resulta competente para entender, coordinar, y llevar a cabo la ejecución del Programa que se propulsa.

Que la citada Subsecretaría, incluye a su vez, entre sus acciones y lineamientos, promover, fortalecer y potenciar las capacidades productivas de mujeres jóvenes en el sector agroalimentario para un desarrollo territorial equitativo y sustentable, así como favorecer y articular acciones de desarrollo de innovaciones tecnológicas específicas para los pequeños y medianos productores agroalimentarios, y sus formas organizativas, en el desarrollo productivo integral de agroalimentos junto a universidades, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil.

Que por su parte, la Coordinación de Formación y Capacitación de la Dirección Nacional de Desarrollo Productivo y Sustentable para los Pequeños y Medianos Productores de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, promueve proyectos de articulación socio-productiva que potencian los recursos disponibles en las instituciones educativas, poniéndolos a disposición del desarrollo productivo local, promoviendo el agregado de valor, la innovación tecnológica y fortaleciendo el vínculo entre productores y productoras y estudiantes.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE ESPACIOS DE FORMACIÓN AGROSUSTENTABLES – FOEFAgro en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objetivo de fortalecer y generar capacidades de las escuelas agrotécnicas de la REPÚBLICA ARGENTINA, en relación a la formación agroalimentaria sustentable de futuros técnicos y técnicas, promoviendo el desarrollo de proyectos productivos locales, a través de la provisión de equipamiento para los entornos formativos y prácticas profesionalizantes, que puedan ser de uso compartido con productores y productoras locales, o se puedan brindar servicios a los/as mismos/as, a través de la inversión realizada.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la citada Subsecretaría será la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA, quedando facultada administrar y ejecutar el PROGRAMA y dictar el Manual Operativo.

ARTÍCULO 3°.- El mencionado Programa tendrá un plazo de duración de DIECIOCHO (18) meses, pudiendo prorrogarse por el término que establezca la Autoridad de Aplicación.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la ejecución del PROGRAMA será atendido con cargo a los créditos del Servicio Administrativo Financiero 363 – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan José Bahillo

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.184 del 6 de junio de 2023.

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