La Justicia avaló una condena a tres años en suspenso pactada en un juicio abreviado por un acusado de múltiples estafas a bancos y otras empresas mediante el uso de documentos de identidad falsos para abrir cuentas, tramitar tarjetas de crédito y efectuar compras entre 2007 y 2012.
El acusado, José María Degreef, quedó condenado a tres años de prisión en suspenso por el Tribunal Oral Federal 6 de la ciudad de Buenos Aires, que aceptó esa pena pactada por su defensa y la fiscalía en el procedimiento denominado “juicio abreviado”, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.
Sin embargo, no irá preso luego de haber sido procesado por los hechos cometidos hace once años y que llegaron a etapa de juicio oral en diciembre de 2022.
La jueza que dictó la sentencia, Sabrina Namer, dio por probado que “al menos entre los días 17 de enero de 2007 y 28 de junio de 2012” el acusado actuó junto a otras dos personas “de forma organizada y estable, con la determinación de cometer diversos actos ilícitos consistentes en atribuirse identidades que no le correspondían y valiéndose de documentos nacionales de identidad falsos a nombre de diferentes personas, para obtener de manera ilícita créditos y productos ante diferentes entidades bancarias y comerciales de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires”.
El acusado admitió los hechos en una audiencia previa a su condena, pactada con la fiscal ante esa instancia Gabriela Baigún.
Entre otras estafas, usó documentos de identidad falsos para obtener tarjetas de crédito de diferentes bancos, comprar teléfonos celulares, un aire acondicionado y gestionar un préstamo personal a nombre de otra persona.
Degreef llegó a juicio procesado por “asociación o banda ilícita de tres o más personas destinada a cometer delitos, en calidad de jefe u organizador de la misma, en concurso real con 21 maniobras ardidosas de estafas o defraudaciones – doce simples y nueve agravadas por el uso de una tarjeta de compra, de crédito o de débito-“.
Seis de estas defraudaciones fueron en grado de tentativa y 15 “consumadas con perjuicios patrimoniales para los particulares y/o las entidades financieras respectivas”, detalla la resolución.