Hay un precedente de 2018 que respaldó a un pastelero en el terreno religioso. Ahora, en un caso iniciado por una diseñadora de páginas web que se ampara en la libertad de expresión, el tribunal analizará otra clase de servicios y establecerá si es legal colocar advertencias que rechazan ciertos eventos
En junio, la Corte Suprema de Estados Unidos resolverá si una diseñadora de páginas webs enfocadas en casamientos puede negarse a trabajar cuando la convocan parejas del mismo sexo.
El tribunal, con mayoría conservadora (seis a tres), establecerá si la titular de la firma 303 Creative LLC ejerce, como planteó, su libertad de expresión o si discrimina ilegalmente.
En Colorado, donde reside la actora, Lorie Smith, hay una ley que rechaza la discriminación por orientación sexual, pero la máxima instancia del país admitió su recurso.
Lo presentó tras perder en primera instancia y en apelación la demanda que promovió en contra de Colorado.
Si bien la Corte accedió a intervenir, limitó la cuestión a la libertad de expresión de los comerciantes cuyo trabajo tiene una dimensión artística y excluyó el asunto religioso.
Smith, una cristiana evangélica de 39 años, alega que por su fe sólo cree en el matrimonio “como unión de un hombre y una mujer”. Bajo esa premisa, sostiene que no puede ser obligarla a prestar servicios que colisiones con sus creencias en función de la protección que le acuerda la Primera Enmienda de la Constitución norteamericana.
Curioso
Lo curioso del expediente “303 Creative LLC contra Elenis” es que Smith no recibió ningún encargo: solo quiere prevenirlo y colocar una advertencia en su sitio, algo que prohíbe la ley de Colorado.
Uno de los argumentos de la abogada de Smith, Kristen Waggoner, es que que no se trata de los clientes sino de las creencias de su asistida sobre el matrimonio.
En esa línea, alega que admitiría diseñar para homosexuales para otros encargos.
Lo que deberá dirimir el la Corte de EEUU es si el hipotético encargo del diseño de una página web para una boda gay supone obligar a Smith a a difundir un mensaje implícito a favor del matrimonio igualitario.
Durante una audiencia que se celebró en diciembre del año pasado, la última jueza que ingresó al alto tribunal, la progresista Ketanji Brown Jackson, mostró diseños de Smith y le indicó a su letrada que explicara cuál es el mensaje en contra de las creencias de su representada de frases tales como “reservá la fecha”. Waggoner respondió que es “una invitación a celebrar un matrimonio”.
Ante ello, Brown Jackson le planteó que la artista gráfica no es quien lanza el convite, sino los novios, y cuestionó que pueda interpretarse que es un mensaje de Smith. La letrada contestó que es el anuncio de la boda en sí lo que su representada cree falso.
“Expresivos”
Brown Jackson y las otras dos magistradas progresistas del tribunal, Sonia Sotomayor y Elena Kagan, recordaron que nunca se admitió el concepto de “mensaje implícito” en causas sobre libertad de expresión y valoraron que es riesgoso abrir esa posibilidad.
En tanto, el abogado del estado de Colorado afirmó que admitir el pedido de Smith implicaría conceder una “licencia para discriminar” que facultaría a quienes ofrecen servicios artísticos (o expresivos), como arquitectos y fotógrafos, a negarse a trabajar con personas con el servicio a clientes por su orientación sexual, e interpretó que podría extenderse a la religión o a la raza.
Mayoría
En breve, la mayoría conservadora de la Corte de EEUU podría inclinar la balanza a favor de Smith.
Además, hay un precedente similar que podría favorecerla, aunque se basó en la religión del demandado.
Hace casi cinco años, en junio de 2018, por siete votos contra dos, Jack Phillips, un pastelero también evangélico y de Colorado, ganó una batalla legal que dividió a la opinión pública norteamericana. Su triunfo fue celebrado hasta por el por ex presidente Donald Trump.
Todo comenzó en 2012, cuando una pareja de hombres fue a su local de Denver a encargarle una torta para su casamiento, a celebrarse en Massachusetts, la única jurisdicción que había legalizado el matrimonio gay por ese entonces.
Phillips los escucho, pero rechazó el trabajo. Según relató, se limitó a decirles: “Lo siento muchachos, no hago pasteles para bodas entre personas del mismo sexo”.
20 segundos
El intercambio, que según Phillips duró 20 segundos, derivó en una contienda judicial que se extendió seis años.
Los accionantes, David Mullins y Charlie Craig, se sintieron discriminados y entablaron una demanda en contra del repostero ante la Comisión de Derechos Civiles de Colorado.
El reclamo prosteró allí y en tribunales estatales y llegó a la Corte.
Phillips sostuvo que su derecho a la libertad religiosa fue violado. Arguyó que él podía decidir a quién le vendía y señaló que en otras oportunidades, siempre en base a argumentos religiosos, se negó a hornear para celebraciones como Halloween o divorcios.
Además, aseguró que aunque rechazó diseñar una torta específica para Mullins y Craig, les ofreció otros productos disponibles en su tienda.
“No puedo crear pasteles personalizados que expresen mensajes o celebren eventos en conflicto con mi fe”, afirmó.
Moderado
El pastelero ganó en el terreno de la libertad religiosa.
En uno de los últimos votos que emitió antes de retirarse, el ex supremo Anthony Kennedy -un moderado cuyo criterio que fue decisivo en muchas causas- escribió que el tratamiento del caso por parte de la Comisión de Derechos Civiles tuvo “algunos elementos de hostilidad clara e inadmisible” hacia las “creencias sinceras” que motivaron la objeción del demandado.
Sin embargo, advirtió que otros supuestos, en diferentes circunstancias, requerían “más elaboración en los tribunales”.
En esa línea, arengó a resolver disputas similares con tolerancia, sin “una falta de respeto indebida” a la fe y “sin someter personas gay a indignidades cuando buscan bienes y servicios en un mercado abierto”.
Por la minoría, la fallecida Ruth Bader Ginsburg estimó: “Lo que importa es que Phillips no proporcionaría un bien o un servicio a una pareja del mismo sexo que le proporcionaría a una pareja heterosexual”.
Irlanda
En octubre de 2016, en Irlanda, los dueños de una pastelería de Belfast fueron declarados culpables de discriminación por negarse a hacer una torta con un lema a favor del matrimonio igualitario.
Un tribunal de apelaciones confirmó la sentencia condenatoria dictada en 2015, que estimó que los comerciantes incurrieron en un acto discriminatorio contra el denunciante y “ofensivo para el resto de la comunidad gay”.
La causa tuvo repercusión mundial. Comenzó en mayo de 2014, cuando Gareth Lee, un activista por los derechos LGBT, entró al local de los demandados, Ashers Bakery, para encargar una torta con la imagen de los protagonistas de Plaza Sésamo, Epi y Blas, con el lema: “Apoyá el matrimonio igualitario”.
Los pasteleros se negaron a trabajar para Lee y alegaron motivos religiosos: se declararon “profundamente cristianos”. La Comisión de Igualdad de Irlanda del Norte consideró que delinquieron y el a quo dictaminó que el objeto de la firma Ashers Bakery era lucrar, no realizar actividades propias de un grupo religioso.
Los condenados apelaron, pero la Justicia de Belfast rechazó sus argumentos. “El local no quiere dar la impresión de que apoya la unión homosexual al incluir mensajes a favor en sus productos”, alegaron, pero la Alzada concluyó: “Si un pastelero hace una torta con imágenes de brujas en Halloween no significa que apoye la cacería de brujas”.