La decisión validó el apartamiento realizado por la cámara a quo respecto de quien conducía el rodado y, después de valorar el resto de la prueba, concluyó que fue el accionar de ésta el que ocasionó la colisión y sus consecuencias
Al validar el análisis de la prueba realizada por la cámara a quo que había revocado la sentencia de primera instancia, que admitió la demanda de daños y perjuicios intentada por la actora, quien circulaba como acompañante en una motocicleta en contra del vehículo embestido, al corroborarse que la responsabilidad del siniestro fue en realidad de la conductora del motovehículo y amiga íntima de la accionante, la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) consideró bien denegado el recurso de casación y rechazó el recurso directo presentado.
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