El tribunal entendió que, por razones de economía y celeridad procesal y para evitar sentencia contradictoria, el mismo magistrado debe entender en todos los casos en los que se discute idéntico objeto
Sin desconocer el derecho de la demandada a recusar sin causa al juez interviniente pero, dado que el hecho que generó las demandas individuales y la acción colectiva es el mismo -defectos de fabricación de los rodados modelo Toro de la marca Fiat-, lo que hizo razonable que interviniera el mismo tribunal, la Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la sentencia que rechazó la recusación intentada FCA Automobiles Argentina SA (ex Fiat Auto Argentina SA), al surgir la competencia por una cuestión de conexidad.
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