La mujer padece una enfermedad y fue víctima de violencia de género y económica
Ante el amparo presentado por una víctima de violencia de género y en situación de pobreza, quien había sido acusada de homicidio calificado en perjuicio de su marido pero luego resultó absuelta porque el tribunal penal entendió que la mujer actuó en ejercicio de la legítima defensa, la Cámara 2ª Contencioso-administrativa de Córdoba ordenó a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros que le reconozca el derecho a percibir la pensión por el fallecimiento de quien fue su cónyuge porque, aunque la sentencia penal absolutoria no se encuentra firme, rige la presunción de inocencia que acompaña a la acusada y, además, que la dilación indebida del proceso penal podría tener aptitud para frustrar su derecho.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.