viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Nuevo aval a vecinos de la Asociación Civil 8 de Agosto

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Los camaristas puntualizaron que los amparistas tomaron posesión de terrenos fiscales de forma organizada con el consentimiento de las autoridades. Pese a los convenios firmados, el Estado no cumplió con lo comprometido, concluyó el fallo

Vecinos del barrio popular 8 de Agosto, ubicado en el suroeste de la ciudad de Alta Gracia, volvieron a contar con el visto bueno de la Justicia federal para avanzar con la construcción de un barrio social.

La lucha de los vecinos de la Asociación Civil 8 de Agosto lleva una década y, pese a que consiguieron firmar un convenio con Nación y el compromiso de la Municipalidad y la Provincia para avanzar con las obras, esto nunca ocurrió.

La causa llegó a la Justicia federal impulsada por la defensora oficial Mercedes Crespi. En 2018, el juez federal N° 2, Alejandro Sánchez Freytes, hizo lugar al amparo presentado por los miembros de la asociación y ordenó que se “arbitren todos los medios necesarios a los fines de garantizar el disfrute a una vivienda digna, adecuada y segura”.

Bajo esa premisa, se ordenó a la Municipalidad de Alta Gracia que en un plazo 180 concluyera las obras de infraestructura a las que se había comprometido en el Convenio de Cooperación, Colaboración y Asistencia Técnica celebrado con el Estado nacional en septiembre de 2014.

También instó a la Provincia de Córdoba a cumplir con estas obligaciones y ordenó a la Nación que regularizara la situación dominial de los terrenos con el fin de transferirlos a sus ocupantes para que pudieran “usar y gozar de una vivienda segura y libre de cualquier afectación por parte de terceros”.

La resolución fue apelada y en un reciente fallo, al que acccedió Comercio y Justicia, la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó los planteos y ratificó lo expresado por Sánchez Freytes.

En primer término, la camarista Liliana Navarro rechazó el agravio deducido por el Estado nacional relativo a la improcedencia del amparo interpuesto. Aclaró que la vía del amparo no sólo procede contra actos sino también contra omisiones, que es lo que plantean los vecinos.

La cámara fundamentó su fallo en el derecho que tiene toda persona a acceder a una vivienda digna. En ese sentido, enumeró los numerosos tratados nacionales internacionales en lo que este derecho humano está consagrado. 

Respecto de la responsabilidad de las partes en el conflicto, el tribunal destactó “que un proceso de integración urbana se logra con la participación y coordinación mancomunada de Provincia, Municipio y Nación”.

Recordó que la Constitución de la Provincia de Córdoba, en su artículo 58, establece: “Todos los habitantes tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna, la que, junto a los servicios con ella conexos y la tierra necesaria para su asentamiento, tiene un valor social fundamental. El Estado provincial promueve las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho. A tal fin planifica y ejecuta la política de vivienda y puede concertarla con los demás niveles jurisdiccionales, las instituciones sociales o con el aporte solidario de los interesados”.

Sobre el rol del Estado nacional, el fallo advirtió de que hubo omisiones que impidieron lograr la regularización dominial del barrio “Asociación 8 de Agosto”.

“No quedan dudas de que se encuentra a cargo del Estado Nacional generar las condiciones necesarias para la regularización dominial de los terrenos en cuestión”, planteó Navarro en su voto, al que adhirió su colega Abel Sánchez Torres.

La cámara hizo un detallado repaso de las gestiones que hicieron los vecinos, por ejemplo, la firma del convenio que se celebró en septiembre de 2014 entre la Comisión Nacional de Tierras (CNT) y la Municipalidad de Alta Gracia, con el objeto de promover la regularización urbana, social y dominial de las tierras fiscales, nacionales, provinciales y municipales. 

Pese a las reiteradas notas y convenios firmados, la Cámara Federal concluyó que “el Estado no cumplió con lo comprometido, toda vez que los amparistas sólo cuentan en la actualidad con un certificado de vivienda expedido por el Renabap pero no con la regularización dominial, que es lo que en definitiva les va a permitir el pleno uso y goce de sus viviendas de una manera segura”.

Asimismo, precisó que “la Asociación 8 de Agosto tomó posesión de terrenos fiscales denominados Canteras del Cerro de manera pública, organizada, cooperativa y regular, con la ayuda de otras asociaciones comprometidas con los problemas habitacionales y con el conocimiento y consentimiento de las autoridades nacionales, municipales y provinciales”.

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