Rigen para cuestiones de implementación, administración, otorgamiento, control y supervisión del “Refuerzo Alimentario para Adultos sin Ingresos” que se paga en dos cuotas de $22.500 (noviembre y diciembre)
Resolución 274/22-Anses
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-123519604- -ANSES-SEA#ANSES del Registro de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), los Decretos N° 576 del 4 de septiembre de 2022 y N° 758 del 9 de noviembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, por artículo 9° del Decreto N° 576/22, se creó el Fondo Incremento Exportador, con la finalidad de financiar una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad.
Que, en el marco señalado, por el Decreto N° 758/22 se estableció que la prestación monetaria mencionada se otorgará en concepto de “REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS”, a personas que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad, sobre la base de los criterios objetivos establecidos por el mencionado decreto y en las normas complementarias y aclaratorias que se dicten para tal fin.
Que, a su vez, dicho decreto estableció los requisitos que las personas deberán cumplir para acceder a la percepción del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS.
Que el monto del REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS fue establecido en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000), a realizarse en DOS (2) pagos: uno de PESOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($22.500) correspondiente al mes de noviembre de 2022 y otro de PESOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($22.500) correspondiente al mes de diciembre de 2022.
Que, a su vez, el mencionado decreto estableció que el REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS deberá solicitarse ante esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), conforme el procedimiento que ésta determine a tales efectos, facultándola para disponer de los mecanismos de intercambio de información necesarios para la acreditación de los requisitos establecidos o que se establezcan y para dictar las normas aclaratorias y complementarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión del mismo.
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