La jueza interviniente ordenó, al demandado, que se abstenga de utilizar en su defensa cuestiones que ofendan a su ex pareja como mujer; y al letrado, que realice cursos, bajo apercibimiento de enviar las actuaciones al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados
El Juzgado 1º Civil y Comercial, Laboral y Familia de Río Tercero admitió la demanda que pretendía la fijación de una cuota alimentaria, el pago de la matrícula anual de escolarización y las cuotas mensuales en concepto de servicio educativo, además del pago de la obra social, y ordenó un reajuste semestral de 15% del monto total y una cuota adicional de 50% cada mes de febrero para atender a los gastos de iniciación del período escolar.
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