En decisión por mayoría, el tribunal rechazó el recurso de apelación de la parte accionante, con fundamento en que las tareas de ejecución de la división de condominio son de beneficio común, por lo cual a todos les corresponde abonar
En un juicio de división de condominio, la Cámara Civil y Comercial de Novena Nominación de la ciudad de Córdoba, por mayoría, confirmó la resolución del juez de primera instancia que había regulado los honorarios profesionales definitivos de la letrada de la parte demandada, por las tareas de ejecución de la sentencia y los puso a cargo de los condóminos en proporción a la cuota parte que a cada uno le corresponde sobre el bien inmueble, rechazando el recurso de apelación de la parte actora, que había solicitado se revoque la imposición del pago a todas las partes del juicio en la proporción de ley, debiendo ser a cargo del comitente solamente.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.