El Superior Tribunal de Justicia de Chaco absolvió a una mujer que había sido condenada a prisión perpetua, junto con su ex pareja, por el homicidio de su hijo de seis meses.
Los jueces entendieron que las pruebas comprometían al hombre y no eran suficientes para condenar a la madre, quien además se encontraba sometida por violencia de género.
La defensa de M.E.A. (madre del niño) cuestionó el fallo de primera instancia y solicitó que el testimonio de la imputada se valore en su contexto, como persona viuda, analfabeta, sumida en la pobreza, víctima de violencia de género a manos de su ex pareja y padre de sus hijos, de lo que surgía de la evaluación psicológica.
Expresó que ni los vecinos ni la ex pareja situaron a la acusada como victimaria en un hecho de violencia que hayan presenciado y que los vecinos comentaban que el niño solo lloraba cuando el hombre estaba en la casa.
“Por más reprochable que pueda verse la actitud pasiva que la misma tuvo ante los hechos, es necesario recordar que M.E.A. no se encontraba con herramientas psicológicas para volver a enfrentarse a tal vulneración de sus derechos” y que los maltratos infantiles coinciden con la llegada de la nueva pareja de M.E.A.
El fallo de Cámara destacó que las pruebas indiciarias incorporadas al proceso únicamente alcanzaron el estado de certeza positiva suficiente sobre el hombre, que no encontraron respecto a la acusada “elementos de prueba que basten para incriminarla y que tampoco le cabría responsabilidad en la modalidad de comisión por omisión, debido al estado de vulnerabilidad comprobado en autos”.
Los vocales destacaron la falta de perspectiva de género en el juzgamiento anterior, ineludible en este contexto, por todo ello consideraron que correspondía absolverla de culpa y cargo.