La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dispuso como prueba piloto la implementación y reglamentación de la opción voluntaria de la modalidad de trabajo remoto para quienes cumplen la función de relatoría, “sin perjuicio de incorporar otras funcionalidades y operadores internos cuyas tareas permitan ser realizadas de modo remoto, a través de los distintos sistemas y tecnologías existentes”.
“Actualmente, cada operador judicial que realiza las tareas o funciones de relatoría de esta Sala tiene acceso a ejecutar de manera remota un conjunto de herramientas bajo las mismas condiciones de seguridad e identidad como si estuviera físicamente en su oficina”, señaló la resolución.
También advirtió de que la opción de “dicha modalidad de trabajo, en igual condición de quienes opten por la modalidad presencial en sus respectivas oficinas de trabajo, tendrá como eje rector el cumplimiento de objetivos de trabajo medibles, en forma cuantitativa y cualitativa”.
Asimismo, dispuso que quienes opten “por la modalidad de trabajo remoto se realizará un acuerdo de interacción, junto al Secretario y Prosecretaria/o correspondiente, que permita el seguimiento y evaluación de la modalidad de trabajo definida”.
“Ello implica alcanzar mínimos consensos, al menos, en tres ejes: a) comunicación, esto es, cómo se va a interactuar, b) coordinación, es decir, las preferencias, directrices, estilos de trabajo, expectativas sobre la calidad de trabajo, mecanismos de motivación, recursos compartidos, entre otros, y c) cohesión y compromiso de equipo, los espacios informales necesarios para conversar sentimientos y emociones que se alcanzan entre los integrantes del equipo. Estos consensos pueden ser revisados y ajustados en forma periódica”, concluyó el tribunal.