viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Rechazan amparo que solicitaba información al Colegio de Psicólogos

ESCENARIO. La entidad que representa a los psicólogos no está obligada a proporcionar datos.
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El tribunal interpretó que la Ley 8803, de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado, no incluye las entidades representativas de los profesionales, por lo que éstas no están obligadas a proporcionar datos sobre su vida interna

La Justicia Contencioso-administrativa de Córdoba rechazó la demanda de amparo promovida por el actor en contra del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba, mediante la cual solicitaba a esa entidad información respecto del presupuesto y ejecución de los recursos y gastos entre los años 2019 y 2022; detalle de acciones concretas relativas al progreso y al mejoramiento científico, técnico y profesional de sus miembros y al cumplimiento del Código de Ética en el mismo período; vínculos vigentes con entidades científicas y profesionales argentinas y extranjeras; modo de la publicidad de las sanciones y presupuesto y recursos de la delegación de Río Tercero en igual lapso.

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