La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, La Pampa, declaró inconstitucional la normativa que autoriza la caza deportiva con jauría en la provincia.
La decisión del tribunal de alzada fue adoptada en contraposición con lo que se había resuelto en primera instancia cuando se rechazó la acción de amparo.
Al dictar el fallo, los jueces señalaron que la cuestión controvertida “es si de esa modalidad de caza con jauría que se encuentra habilitada en esta provincia por vía reglamentaria resulta aquel maltrato animal que la ley 14136 prohíbe”.
“Si bien en la caza deportiva, como en toda actividad de caza, el resultado será la muerte del animal capturado, lo distintivo de hacerla con jauría y que orienta la acción promovida por la Defensora es que en el desarrollo de la cacería bajo esa modalidad con jauría se inflige un mayor sufrimiento del que naturalmente o por otros medios de caza se produciría”, advirtió la sentencia.
También descartó la argumentación de la jueza, quien afirmó que la caza con jauría se realiza en el mundo desde hace siglos. “Es que la sola perpetuidad de una actividad no implica su validación ni legitimación”, sostuvieron los magistrados, quienes agregaron: “Aun cuando una actividad se perpetúe, no significa que por ello se valide siempre o que no pueda ser puesta en crisis o refutada en algún momento porque ha cambiado el contexto o el marco en el cual ha de aplicarse”.