El Gobierno nacional argentino oficializó el “Acuerdo de cumplimiento de recomendaciones” alcanzado entre el Estado y el exjuez Gustavo Carranza Latrubesse, quien alegó responsabilidad del Estado argentino por incumplir una decisión de la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) tras su destitución de su cargo.
El acuerdo publicado este miércoles en el Boletín Oficial mediante el Decreto 349/2022 establece la constitución de un tribunal que resolverá sobre el laudo y lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; del ministro de Justicia Martín Soria; y del canciller, Santiago Cafiero.
Carranza Latrubesse, hoy de 71 años, había sido nombrado juez en lo Civil y Comercial en la provincia de Chubut en 1971 y fue removido por decreto meses después del golpe de Estado, el 17 de junio de 1976, como ocurrió con muchos otros magistrados en tiempos del terrorismo de Estado.
En los considerandos de la norma publicada se recuerda que el “21 de septiembre de 2006 la comisión recibió una petición en contra el Estado argentino formulada por el Carranza Latrubesse, quien alegó la responsabilidad internacional del país por la violación de derechos consagrados en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos”.
El decreto refiere que años después, el 23 de abril de 2018, la comisión comunicó a las partes que “decidió aplicar el artículo 36 (3) de su Reglamento, en concordancia con su Resolución 1/16 sobre Medidas para reducir el atraso procesal”.
Luego, el 19 de noviembre de 2020, la Comisión elaboró un informe “en el que concluyó que el Estado era responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial, a la igualdad ante la ley, al acceso a la función pública y al derecho al trabajo de la Convención”, en perjuicio de Carranza Latrubesse.
Así, la comisión “recomendó al Estado Argentino reparar integralmente las violaciones de derechos humanos detalladas en el Informe” tras lo cual se inició un diálogo que derivó en el acuerdo hoy publicado.
En el año 2013 la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió sobre la causa al hacer lugar parcialmente a la queja y al recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, que había condenado al Estado Argentino a pagar a Gustavo Carranza Latrubesse la suma de $400.000, en concepto de indemnización por el daño ocasionado al incumplir con el informe Nº 30/97, dictado por la CIDH.
En el informe citado, la Comisión había concluido en que “al impedir una decisión sobre los méritos del caso interpuesto por el señor Gustavo Carranza, a raíz de su destitución como juez de la provincia de Chubut, el Estado Argentino violó sus derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial”, y en consecuencia, se recomendaba que “el Estado Argentino indemnice adecuadamente a Gustavo Carranza”.