La comunicación dictada establece que las entidades financieras no pueden realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales –incluidos los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que ésos registren– que no estén autorizados por una autoridad reguladora nacional competente ni por el BCRA
Comunicación “A” 7506/22-BCRA
05/05/2022
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