domingo 3, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Comienza juicio de extradición a Colombia del argentino ex miembro de las FARC

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El juicio de extradición del fotoperiodista argentino Facundo Molares Schoenfeld comenzará este miércoles 20 de abril, luego de que fuera solicitado por el Gobierno del presidente colombiano Iván Duque por haber integrado las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), requerimiento rechazado por la defensa del acusado y por organismos de Derechos Humanos que consideran que los delitos que se le imputan corresponden a hechos ocurridos antes de 2016 por lo que, plantean, están encuadrados por el Acuerdo de Paz firmado ese año por el Estado colombiano y la guerrilla.

El juicio se realizará por videoconferencia, y se desarrollará durante seis jornadas, con la participación del juez federal de Esquel, Guido Otranto, mientras que Molares Schoenfeld lo hará acompañado por sus abogados desde la Unidad Federal N° 1 de Ezeiza, donde se encuentra preso.

En representación del Estado que solicita la extradición -es decir, el Estado colombiano- intervendrá el fiscal federal de Esquel, Federico Baquioni Zingaretti, con la presencia del titular de la Dirección de Cooperación Regional e Internacional de la Procuración, Diego Solernó.

Molares Schoenfeld, de 46 años, está encarcelado en Ezeiza desde noviembre, cuando fue detenido por la división Interpol de la Policía Federal mientras se encontraba en la casa de su padre en la localidad chubutense de Trevelin.

El fuero penal ordinario de Colombia, en base a la imputación de un integrante de la Fiscalía General de la Nación, lo acusa del secuestro del concejal Armando Acuña, ocurrido en marzo de 2009 en el municipio de Garzón, departamento del Huila.

Distintos organismos de DDHH consideran “inadmisible” que se conceda la extradición ya que “las acusaciones formuladas -inciertas e infundadas- corresponden al periodo comprendido en los Acuerdos de Paz”, advirtieron en una declaración firmada por Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y Liga Argentina por los Derechos Humanos, entre otras entidades.

Los defensores del fotógrafo argentino, Gustavo Franquet y Eduardo Soares, que integran La Gremial de Abogados, sostienen que el fuero penal ordinario de Colombia no tiene competencia para solicitar la extradición porque los delitos que se le imputan son anteriores al Acuerdo de Paz del año 2016, por lo que deben ser tratados por la Justicia Especial para la Paz (JEP), tribunal encargado de administrar justicia a los actores del conflicto armado.

Vamos a demostrar que quien pide la extradición (el Estado colombiano) no tiene competencia para hacerlo y que la pide por delitos políticos, por lo cual no corresponde concederla. Además, en el juicio vamos a probar un tercer elemento, la cuestión humanitaria, porque extraditar a Facundo Molares equivale a extraditarlo para que lo maten, porque está bastante claro que (en Colombia) lo están esperando para matarlo”, aseguró Franquet en diálogo con Télam.

Soares, en tanto, insistió en que la competencia para juzgar los hechos cometidos en el marco del conflicto armado en Colombia es “la Justicia Especial para la Paz, como lo determinan la Constitución, las leyes del Congreso y decretos presidenciales” de ese país.

También, señaló que las circunstancias que rodean al requerimiento del Estado colombiano no garantizan el cumplimiento de las garantías contempladas en varios artículos de la ley 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal, también conocida como ley de extradición.

Y sobre el aspecto humanitario, afirmó: “En Colombia, hay más de 200 integrantes de las FARC que adscribieron a los Acuerdos de Paz y luego de desmovilizarse fueron asesinados. Esa es la postura de La Gremial de Abogados”.

“Su extradición es una pena de muerte encubierta. El Estado solicitante de la extradición no garantiza en lo más mínimo la integridad de Facundo Molares. La Corte Constitucional colombiana declaró formalmente que hay una violación masiva a los acuerdos de paz”, reiteró La Gremial de Abogados en un comunicado.

Si el principal argumento de la defensa y de los organismos de DDHH es que los delitos que se le imputan fueron producidos antes de 2016 y que entraron en los Acuerdos de Paz, desde la Justicia penal ordinaria de Colombia sostienen que Molares Schoenfeld no figura entre los excombatientes que firmaron la desmovilización y que sólo pueden acceder a la amnistía quienes figuran en esas actas.

La audiencia será transmitida por el canal de YouTube del sitio La Retaguardia, medio comunitario que transmite los juicios por crímenes de lesa humanidad.

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