La cámara interviniente concluyó que la empresa demandada debió proceder de inmediato ante el reclamo del consumidor de dar de baja esos servicios y otorgarle el libre deuda
La Cámara 8ª en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación de Personal (Telecom Argentina SA), confirmando la admisión del daño punitivo por $1 millón en favor del cliente consumidor a quien, sin su consentimiento, le activaron cinco líneas telefónicas, lo que le generó deudas por las cuales padeció hostigamiento por intimaciones de cobro y fue registrado como deudor moroso.
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