viernes 22, noviembre 2024
viernes 22, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Validan plazo para recurrir dictámenes de las comisiones médicas

ESCUCHAR

El TSJ cordobés consideró que el término de 45 días hábiles no era arbitrario, siendo un lapso sobre el cual la Provincia está autorizada a legislar

Al interpretar que el plazo de caducidad de 45 días hábiles dados al trabajador para recurrir ante la Justicia laboral la resolución de la comisión médica desde que fue notificada supera el test de constitucionalidad, sumado a que no presentó ningún agravio que demuestre imposibilidad para demandar en término, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), en pleno, admitió el recurso presentado por Prevención ART SA y revocó la declaración de inconstitucionalidad dispuesta por la Sala a quo.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?