Ante la posibilidad de ser el progenitor de la menor, reconoció inicialmente el vínculo filial pero, luego de comprobarse en un estudio de ADN que no tenía parentesco con ella, inició la demanda para retractarse de su actuación anterior
Después de verificar acreditadas la ausencia de vínculo filial biológico entre el impugnante y la existencia de un vicio en el acto de reconocimiento paterno, la Cámara 1ª en lo Civil, Comercial y Contencioso-administrativo de Río Cuarto rechazó el recurso de apelación presentado por la tutora -a los efectos del juicio- de una niña en contra de la resolución de primera instancia que hizo lugar a la acción de nulidad de reconocimiento de paternidad extramatrimonial.
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