En la decisión se advirtió que el accionado no pidió esa posibilidad cuando tuvo la oportunidad, no existiendo, además, agravio por haberse seguido el juicio con un trámite ordinario
Al observar que la cuestión llevada a análisis no trataba de una sentencia definitiva, que resolviera la cuestión de fondo o hiciera imposible la continuación del pleito, pues se impugnaba el trámite a darle a un juicio en el que las partes son hermanos, la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) consideró mal concedida la casación del demandado, quien pretendía que al proceso se le diera el trámite de juicio arbitral forzoso por tratarse de un pleito intrafamiliar.
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