La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca dispuso -por mayoría- hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada y rechazar la acción de amparo intentada.
En la causa “G., O. A. c/ PAMI INSSJP s/Amparo Ley 16986”, el accionante fue diagnosticado con “fibrosis pulmonar idiopática” y se le prescribió Nintedanib 100 mg, medicamento que, según la obra social, se encontraba fuera de su vademécum, lo ue motivó que el afiliado la intimara a su provisión.
La jueza de grado hizo lugar a la acción, lo que fue apelado por PAMI y, en instancia de alzada, los jueces Silvia Fariña y Roberto Amabile admitieron el recurso, en tanto Pablo Candisano Mera se pronunció por confirmar la decisión a quo.
Los primeros entendieron que “la parte actora no probó de manera suficiente, es decir con ajuste a las exigencias enunciadas, que el medicamento ofrecido por la obra social resulte inadecuado o le cause efectos adversos específicos, más allá de los genéricamente enunciados”.
A su turno, la minoría destacó que no existe una cura para la enfermedad que padece el amparista y que éste debe convivir con el tratamiento con medicamentos a largo plazo, “por lo que es importante priorizar el que le brinde una mejor calidad de vida”.